Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado
[junio 10, 2010] -
Los artículos 301 a 307 de la Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público, regulan el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, dependiente del Ministerio de Economía y Hacienda, y cuya llevanza corresponde a los órganos de apoyo técnico de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Estado.
Junta Consultiva de Contratación Administrativa
[mayo 02, 2008] -
Órgano Consultivo de la Administración General del Estado, de sus organismos autónomos y demás entes públicos estatales, en materia de contratación administrativa.
Clasificación de Empresas
[mayo 02, 2008] -
Para poder contratar con las Administraciones Públicas contratos de obras o determinados contratos de servicios, cuyo importe sea igual o superior a 120.202 €, es necesario estar clasificado como contratista de obras o empresa de servicios respectivamente (Art. 25 de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas).
Registro Público de Contratos.
[mayo 02, 2008] -
El Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, en sus artículos 58, 93 y 118, establece la obligatoriedad de todos los órganos de contratación, tanto centrales como periféricos, organismos autónomos y restantes Entidades de Derecho Público, de enviar la información relativa a los contratos adjudicados, al Registro Público de Contratos de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa.
Contratación de Bienes de Adquisición Centralizada
[mayo 02, 2008] -
El Sistema de Adquisición Centralizada, desarrollado en base a los artículos 183 y 199 del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, es un modelo de contratación de bienes y servicios cuyas especiales características los hacen susceptibles de ser utilizados con carácter general por todos los departamentos que integran la Administración General del Estado. Son los denominados bienes y servicios de utilización común.