Trabajos realizados - Requisito: Relación de los principales servicios efectuados en los tres últimos años de igual o similar
naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, en los que se indique el importe (excluido el IVA), la fecha y el destinatario, público o privado, de los mismos. El empresario deberá acreditar como ejecutado un importe igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato durante el año de mayor ejecución del citado período, en la realización de servicios comprendidos en los tres primeros dígitos del código CPV de este contrato: 722xxxxx-x, siendo dicho importe el que se detalla a continuación: 183.589,87 euros.
Forma de acreditación: Los servicios efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o
visados por el organismo competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, se acreditarán mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañada de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación.
En el caso de uniones temporales de empresarios la acumulación de la solvencia por los miembros de
ésta sólo será válida si se cumplen las dos condiciones siguientes:
-Que cada miembro de la unión temporal acredite un mínimo de solvencia propia.
-Que el resultante de la acumulación de las solvencias parciales cumpla el requisito de solvencia
exigido.