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Anuncio de formalización de contrato

Número de Expediente PN20240308 PROG1
Publicado en la Plataforma de Contratación del Sector Público el 06-08-2024 a las 13:50 horas.

Contrato Sujeto a regulación armonizada
No

  • Directiva de aplicación
    N/A

Entidad Adjudicadora

Dirección Postal
  • Avda. del Zinc, s/n
  • (33490)
    Avilés
    España
  • ES120
Contacto
  • Teléfono
    +34 984835031
  • Correo Electrónico
    DIRECTOR@NIEMEYERCENTER.ORG

Objeto del Contrato
: Contratación del servicio de Asesoría de Programación / Curadoría de Cine del Centro Niemeyer

  • Descripción Contar con una persona que pueda ejercer la labor de programación cinematográfica anual del Centro Niemeyer con criterios de excelencia, oportunidad, idoneidad y discurso artístico; además conviene que esa persona tenga reconocimiento en el sector y pueda articular tanto el discurso de exhibición de cara al público y a los medios de comunicación como defender y respaldar el contenido ante la crítica especializada y profesionales del sector. Resulta imprescindible que el programador cuente con los contactos necesarios dentro del sector de la producción y distribución cinematográfica, así como muy especialmente con los festivales de cine del calendario internacional. Asimismo, se considera imprescindible que se trate de una persona con el conocimiento necesario para realizar además el comisariado del Festival Niemeyer de Cine LGBTI. También se precisa la programación del Autocine del Niemeyer que debe atender a las especificidades del mercado y de la naturaleza de la actividad.
  • Valor estimado del contrato
    68.000 EUR.
  • Presupuesto base de licitación
    • Importe
      82.280 EUR.
    • Importe (sin impuestos)
      68.000 EUR.
  • Clasificación CPV
    • 92100000 - Servicios de cine y vídeo.
  • Plazo de Ejecución
    • Del 23/04/2024
      durante 4 Año(s)
  • Lugar de ejecución
    • Subentidad Nacional
      Asturias
    • Código de Subentidad Territorial
      ES120
    • Dirección Postal
      • España
    • El Patronato de la Fundación Niemeyer, reunido el 27 de marzo de 2024 considera que el específico perfil
      técnico requerido para la prestación de estos servicios se corresponde con el de D. Francisco José Gayo González, cuyo
      criterio curatorial de programación de cine le confiere un conocimiento singular del cual no existe competencia y se
      considera como el adecuado para seleccionar la propuesta de la programación cinematográfica para el Centro Niemeyer
      que el presente Patronato quiere presentar a la ciudadanía en las próximas temporadas.

      Dadas las especiales características de esta necesidad a satisfacer, que están basadas fundamentalmente en la selección
      curatorial siguiendo criterios y líneas artísticas muy específicas y planteadas por el propio programador, se considera que
      el procedimiento de contratación que ha de seguirse sea el de negociado sin publicidad, previsto por el artículo 168.a.2 de
      la LCSP por razones técnicas y artísticas.

      Condiciones de Licitación

    • Programas de Financiación
      No hay financiación con fondos de la UE
    • Acta de Resolución

      Formalizado

      Adjudicatario

      Motivación
      • Motivación
        El Patronato de la Fundación Niemeyer, reunido el 27 de marzo de 2024 considera que el específico perfil técnico requerido para la prestación de estos servicios se corresponde con el de D. Francisco José Gayo González, cuyo criterio curatorial de programación de cine le confiere un conocimiento singular del cual no existe competencia y se considera como el adecuado para seleccionar la propuesta de la programación cinematográfica para el Centro Niemeyer que el presente Patronato quiere presentar a la ciudadanía en las próximas temporadas.

        Dadas las especiales características de esta necesidad a satisfacer, que están basadas fundamentalmente en la selección curatorial siguiendo criterios y líneas artísticas muy específicas y planteadas por el propio programador, se considera que el procedimiento de contratación que ha de seguirse sea el de negociado sin publicidad, previsto por el artículo 168.a.2 de la LCSP por razones técnicas y artísticas.
      • Fecha del Acuerdo de Adjudicación
        22/04/2024
      Información Sobre las Ofertas
      • Ofertas recibidas
        1
      • Número de ofertas recibidas de PYMEs
        1

        Proceso de Licitación

      • Dadas las especiales características de esta necesidad a satisfacer, que están basadas fundamentalmente en la selección curatorial siguiendo criterios y líneas artísticas muy específicas y planteadas por el propio programador, se considera que el procedimiento de contratación que ha de seguirse es el negociado sin publicidad, previsto por el artículo 168.a.2 de la LCSP por razones artísticas.
      • Procedimiento
        Negociado sin publicidad
      • Tramitación
        Ordinaria
      • Tramitación del Gasto
        Ordinaria
      • Sistema de Contratación
        No aplica
      • Presentación de la oferta
        Electrónica
      • Justificación del Proceso

        • Código de Motivo
          El contrato solo puede ser ejecutado por un operador económico particular debido a la creación o adquisición de una obra de arte o actuación artística única
        • Descripción
          El Patronato de la Fundación Niemeyer, reunido el 27 de marzo de 2024 considera que el específico perfil técnico requerido para la prestación de estos servicios se corresponde con el de D. Francisco José Gayo González, cuyo criterio curatorial de programación de cine le confiere un conocimiento singular del cual no existe competencia y se considera como el adecuado para seleccionar la propuesta de la programación cinematográfica para el Centro Niemeyer que el presente Patronato quiere presentar a la ciudadanía en las próximas temporadas. Dadas las especiales características de esta necesidad a satisfacer, que están basadas fundamentalmente en la selección curatorial siguiendo criterios y líneas artísticas muy específicas y planteadas por el propio programador, se considera que el procedimiento de contratación que ha de seguirse sea el de negociado sin publicidad, previsto por el artículo 168.a.2 de la LCSP por razones técnicas y artísticas.
        Detalle de la Licitación: