- Insolvencia
- Por haber sido declaradas insolventes en cualquier procedimiento
- Pago de tasas
- Las empresas deberán estar al corriente de sus obligaciones con Hacienda
- Motivos de exclusión exclusivamente nacionales
- Que no tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en alguna prohibición de contrata del artículo 71 de la Ley, y no acrediten su solvencia económica y financiera y técnica o profesional o, en su caso, se encuentren debidamente clasificadas
- Sancionado por terminación anticipada, daños u otros motivos comparables
- Cuando haya sido inhabilitado por tales motivos
- Participación directa o indirecta en la preparación de este procedimiento de contratación
- No podrán participar en la licitación las empresas que hayan intervenido en las prescripciones técnicas
- Quiebra
- Cuando se hubiera abierto la fase de liquidación
- Situación análoga a la quiebra según la legislación nacional
- Cuando se hubiera abierto la fase de liquidación
- Incumplimiento de obligaciones en materia de legislación ambiental
- Se rechazarán las ofertas anormalmente bajas por no cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental
- Incumplimiento de obligaciones en materia de legislación social
- Se rechazarán las ofertas anormalmente bajas por no cumplir las obligaciones aplicables en materia social
- Culpable de falta profesional grave
- Sancionadas con carácter firme por infracción grave en materia profesional
- Pago de cotizaciones a la seguridad social
- Las empresas deberán estar al corriente de sus obligaciones con la seguridad social
- Delitos de terrorismo o delitos vinculados a actividades terroristas
- Condenadas mediante sentencia firme por delitos de terrorismo
- Incumplimiento de obligaciones en materia de legislación laboral
- Se rechazarán las ofertas anormalmente bajas por no cumplir las obligaciones aplicables en materia laboral
- Trabajo infantil y otras formas de trata de seres humanos
- Haber sido condenadas mediante sentencia firme por estos delitos