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Documento de Pliegos

Número de Expediente 300/2024/00053
Publicado en la Plataforma de Contratación del Sector Público el 17-04-2024 a las 10:26 horas.

Arrendamiento de botellas de oxigeno medicinal con suministro, para las intervenciones de SAMUR Protección Civil

Contrato Sujeto a regulación armonizada
Si

  • Directiva de aplicación
    Directiva 2014/24/EU - sobre Contratación Pública
  • Valor estimado del contrato
    1.259.280 EUR.
  • Importe
    1.091.376 EUR.
  • Importe (sin impuestos)
    1.049.400 EUR.
  • Plazo de Ejecución
    • 48 Mes(es)
      • Observaciones: 48 meses desde la fecha prevista de inicio el 14 de febrero de 2025, o desde la fecha de formalización del contrato de ser ésta posterior
  • Tipo de Contrato
    Suministros
  • Subtipo
    Alquiler
  • Contrato Mixto
    No
  • Lugar de ejecución
    ES300 Madrid Lugar de entrega de los bienes: Base centrales de SAMUR Protección Civil sitas en Ronda de las Provincias 7. El horario de la entrega de las botellas será en días laborales, entre las 9 00 y las 13 00 horas. Madrid
  • Clasificación CPV
    • 44615100 - Recipientes a presión de acero.
    • 24110000 - Gases industriales.

Proceso de Licitación

  • Procedimiento
    Abierto
  • Tramitación
    Ordinaria
  • Presentación de la oferta
    Electrónica
  • Contrato cubierto por el Acuerdo sobre Contratación Pública (ACP)
    : No
  • Sistema de Contratación
    No aplica
  • Características del procedimiento
    Procedimiento abierto, tramitación ordinaria

Entidad Adjudicadora

Dirección Postal
  • Calle Príncipe de Vergara, 140
  • (28002)
    Madrid
    España
  • ES300
Contacto
  • Teléfono
    +34 608892713
  • Correo Electrónico
    agssyecontratacion@madrid.es

Proveedor de Pliegos

  • Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias del Ayuntamiento de Madrid

Plazo de Obtención de Pliegos

  • Hasta el 20/05/2024 a las 23:59
Dirección Postal
  • Calle Príncipe de Vergara, 140
  • (28002)
    Madrid
    España

Proveedor de Información adicional

  • Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias del Ayuntamiento de Madrid
Dirección Postal
  • Calle Príncipe de Vergara, 140
  • (28002)
    Madrid
    España

Recepción de Ofertas

  • Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias del Ayuntamiento de Madrid
Dirección Postal
  • Calle Príncipe de Vergara, 140
  • (28002)
    Madrid
    España

Plazo de Presentación de Oferta

  • Hasta el 20/05/2024 a las 23:59

Apertura de Ofertas Económicas y Documentación

Apertura de Ofertas Económicas

Apertura sobre C. Oferta económica

  • Apertura sobre oferta económica
  • El día 29/05/2024 a las 09:30 horas
  • Apertura sobre oferta económica
Lugar
  • Entorno digital
Dirección Postal
  • Príncipe de Vergara, 140
  • (28002)
    Madrid
    España

Tipo de Acto :
Privado

Otros eventos

Apertura sobre A. Documentación administrativa

  • Apertura sobre administrativo
  • El día 22/05/2024 a las 10:00 horas
  • Apertura sobre documentación administrativa
Lugar
  • Entorno digital
Dirección Postal
  • Príncipe de Vergara, 140
  • (28002)
    Madrid
    España

Tipo de Acto :
Privado

Subasta electrónica

  • Se adjudicará mediante subasta electrónica
    : No

Información del Anuncio Previo en Diarios

Información del Anuncio de Licitación en Diarios


Objeto del Contrato
: Arrendamiento de botellas de oxigeno medicinal con suministro, para las intervenciones de SAMUR Protección Civil

  • Descripción del procedimiento
  • Arrendamiento de botellas de oxigeno medicinal con suministro, para las intervenciones de SAMUR Protección Civil
  • Valor estimado del contrato
    1.259.280 EUR.
  • Presupuesto base de licitación
    • Importe
      1.091.376 EUR.
    • Importe (sin impuestos)
      1.049.400 EUR.
  • Clasificación CPV
    • 44615100 - Recipientes a presión de acero.
    • 24110000 - Gases industriales.
  • Plazo de Ejecución
    • 48 Mes(es)
      • Observaciones: 48 meses desde la fecha prevista de inicio el 14 de febrero de 2025, o desde la fecha de formalización del contrato de ser ésta posterior
  • Lugar de ejecución
    • Lugar de entrega de los bienes: Base centrales de SAMUR Protección Civil sitas en Ronda de las Provincias 7. El horario de la entrega de las botellas será en días laborales, entre las 9 00 y las 13 00 horas.
    • Subentidad Nacional
      Madrid
    • Código de Subentidad Territorial
      ES300
    • Dirección Postal
      • Ronda de las Provincias, nº 7
      • (28011)
        Madrid
        España

    Condiciones de ejecución del contrato

    • Se utilizará pedido electrónico : No
    • Se aceptará factura electrónica : Sí
    • Se utilizará el pago electrónico : No
    • Condiciones especiales de ejecución de Contrato
      • Consideraciones de tipo social - Tiene obligacion de proveer EPI a sus trabajadores. Presentara declarac resp de cumplimiento. El servicio se realizara en las depend de SAMUR Proteccion Civil. Designara persona de contacto para supervisión y control de condiciones de seguridad y salud laboral. Al inicio de la ejecucion debera comunicar al responsable del contrato la persona de contacto, antes de finalizacion presentara informe

    Condiciones de Licitación

  • No aplica la Directiva de Vehículos Limpios
  • Garantía Requerida Definitiva

    • Porcentaje
      5 %
    • Plazo de constitución
      • 12 Mes(es)

    Garantía Requerida Complementaria

    • Porcentaje
      1 %
    • Plazo de constitución
      • 12 Mes(es)

    Requisitos de participación de los licitadores

    • Titulo habilitante
      Habilitación empresarial según el art. 65.2, siguiente: Certificado en vigor de buenas prácticas de fabricación (GMP), (NCF). “Certificados expedidos por los institutos o servicios oficiales encargados del control de calidad, de competencia reconocida, que acrediten la conformidad de productos perfectamente detallada mediante referencias a determinadas especificaciones o normas técnicas
    • Condiciones de admisión
      • Capacidad de obrar
        - Si la empresa fuera persona jurídica, la escritura o documento de constitución, los estatutos o acto fundacional en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro Público que corresponda según el tipo de persona jurídica de que se trate, así como el Número de Identificación Fiscal. Si se trata de empresario individual, el DNI o documento que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, se acreditará por su inscripción en el registro procedente, de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro o representen a una persona jurídica, deberán acompañar escrituras o documentación acreditativa de las facultades del representante debidamente bastanteadas por un letrado de la Asesoría Jurídica del Ayuntamiento de Madrid.
      • Preferencia para empresas con personas con discapacidad
        - Declaración responsable conforme al modelo del Anexo VI relativa al cumplimiento de la obligación de contar con un dos por ciento de trabajadores con discapacidad o adoptar las medidas alternativas correspondientes y al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la normativa vigente en materia laboral, social y de igualdad efectiva entre mujeres y hombres. De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aquellos licitadores que tengan un número de 50 o más trabajadores en su plantilla estarán obligados a contar con un 2% de trabajadores con discapacidad, o a adoptar las medidas alternativas previstas en el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva a favor de los trabajadores con discapacidad. A estos efectos, los licitadores deberán aportar declaración responsable, conforme al modelo fijado en el Anexo VI sobre el cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social. De conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el órgano de contratación podrá hacer uso de sus facultades de comprobación en relación con el cumplimiento de las citadas obligaciones.
      • No prohibición para contratar
        - Las personas que pretendan contratar no podrán estar incursas en ninguna de las circunstancias establecidas en el art. 71 de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre de Contratos de Sector Público.
      • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
        - Certificación positiva expedida por la Tesorería de la Seguridad Social, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 14 del RGLCAP. Los profesionales colegiados que, de conformidad con la Disposición Adicional Decimoctava del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, estén exentos de la obligación de alta en el régimen especial y que opten o hubieran optado por incorporarse a la Mutualidad de Previsión Social del correspondiente colegio profesional, deberán aportar una certificación de la respectiva Mutualidad, acreditativa de su pertenencia a la misma. La presentación de dicha certificación no exonera al interesado de justificar las restantes obligaciones que se señalan en el presente pliego cuando tenga trabajadores a su cargo, debiendo, en caso contrario, justificar dicha circunstancia mediante declaración responsable.
      • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
        - Alta en el impuesto sobre Actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, siempre que ejerza actividades sujetas a dicho impuesto, en relación con las que venga realizando a la fecha de presentación de su proposición referida al ejercicio corriente o el último recibo, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto. Los sujetos pasivos que estén exentos del impuesto deberán presentar declaración responsable indicando la causa de exención. En el supuesto de encontrarse en alguna de las exenciones establecidas en el artículo 82.1 apartados b), e) y f) del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, deberán presentar asimismo resolución expresa de la concesión de la exención de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Las uniones temporales de empresarios deberán acreditar, una vez formalizada su constitución, el alta en el impuesto, sin perjuicio de la tributación que corresponda a las empresas integrantes de la misma. Certificación positiva expedida por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 13 del RGLCAP. Además, el propuesto adjudicatario no deberá tener deudas de naturaleza tributaria en período ejecutivo de pago con el Ayuntamiento de Madrid. La Administración Local, de oficio, comprobará mediante los datos obrantes en la Tesorería el cumplimiento de dicha obligación.
      • Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
        - Las empresas extranjeras deberán presentar declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponderles.
      Motivos de exclusión
      • Pago de tasas
        - De conformidad con lo dispuesto en los artículos 71 y siguientes de la Ley 9/2017 de contratos del sector público
      • Culpable de falta profesional grave
        - De conformidad con lo dispuesto en los artículos 71 y siguientes de la Ley 9/2017 de contratos del sector público
      • Culpable de tergiversación,ocultación de información, incapacidad de proporcionar documentación requerida y obtención de información confidencial de este procedimiento
        - De conformidad con lo dispuesto en los artículos 71 y siguientes de la Ley 9/2017 de contratos del sector público
      • Participación en una organización criminal
        - De conformidad con lo dispuesto en los artículos 71 y siguientes de la Ley 9/2017 de contratos del sector público
      • Insolvencia
        - De conformidad con lo dispuesto en los artículos 71 y siguientes de la Ley 9/2017 de contratos del sector público
      • Incumplimiento de obligaciones en materia de legislación laboral
        - De conformidad con lo dispuesto en los artículos 71 y siguientes de la Ley 9/2017 de contratos del sector público
      • Bienes administrados por un liquidador
        - De conformidad con lo dispuesto en los artículos 71 y siguientes de la Ley 9/2017 de contratos del sector público
      • Acuerdo con los acreedores
        - De conformidad con lo dispuesto en los artículos 71 y siguientes de la Ley 9/2017 de contratos del sector público
      • Fraude
        - De conformidad con lo dispuesto en los artículos 71 y siguientes de la Ley 9/2017 de contratos del sector público
      • Trabajo infantil y otras formas de trata de seres humanos
        - De conformidad con lo dispuesto en los artículos 71 y siguientes de la Ley 9/2017 de contratos del sector público
      • Pago de cotizaciones a la seguridad social
        - De conformidad con lo dispuesto en los artículos 71 y siguientes de la Ley 9/2017 de contratos del sector público
      • Participación directa o indirecta en la preparación de este procedimiento de contratación
        - De conformidad con lo dispuesto en el artículo 70 de la Ley 9/2017 de contratos del sector público
      • Corrupción
        - De conformidad con lo dispuesto en los artículos 71 y siguientes de la Ley 9/2017 de contratos del sector público
      • Blanqueo de capital o financiación del terrorismo
        - De conformidad con lo dispuesto en los artículos 71 y siguientes de la Ley 9/2017 de contratos del sector público
      • Las actividades comerciales están suspendidas
        - De conformidad con lo dispuesto en los artículos 71 y siguientes de la Ley 9/2017 de contratos del sector público
      • Incumplimiento de obligaciones en materia de legislación social
        - De conformidad con lo dispuesto en los artículos 71 y siguientes de la Ley 9/2017 de contratos del sector público
      • Conflicto de intereses debido a su participación en este procedimiento de contratación
        - De conformidad con lo dispuesto en los artículos 64 y 70 de la Ley 9/2017 de contratos del sector público
      • Quiebra
        - De conformidad con lo dispuesto en los artículos 71 y siguientes de la Ley 9/2017 de contratos del sector público
      • Incumplimiento de obligaciones en materia de legislación ambiental
        - De conformidad con lo dispuesto en los artículos 71 y siguientes de la Ley 9/2017 de contratos del sector público
      • Delitos de terrorismo o delitos vinculados a actividades terroristas
        - De conformidad con lo dispuesto en los artículos 71 y siguientes de la Ley 9/2017 de contratos del sector público
      • Sancionado por terminación anticipada, daños u otros motivos comparables
        - De conformidad con lo dispuesto en los artículos 71 y siguientes de la Ley 9/2017 de contratos del sector público
      • Motivos de exclusión exclusivamente nacionales
        - De conformidad con lo dispuesto en los artículos 71 y siguientes de la Ley 9/2017 de contratos del sector público
      • Situación análoga a la quiebra según la legislación nacional
        - De conformidad con lo dispuesto en los artículos 71 y siguientes de la Ley 9/2017 de contratos del sector público
      • Acuerdos con otros operadores económicos con el objetivo de falsear la competencia
        - De conformidad con lo dispuesto en los artículos 71 y siguientes de la Ley 9/2017 de contratos del sector público
      Criterio de Solvencia Técnica-Profesional
      • Muestras, descripciones y fotografías de los productos a suministrar
        - Artículo 89.1 de la LCSP: - Apartado: e. Muestras, descripciones y fotografías de los productos a suministrar, cuya autenticidad pueda certificarse a petición de la entidad contratante. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Ficha técnica del producto a ofertar tal como se indica en el Pliego de Prescripciones Técnicas. Medio de acreditación: Documentación comercial y/o ficha técnica firmada por el representante legal de la empresa que detalle todas las características de las botellas con cabezal compacto de 2 y 10 litros de capacidad que se ofrece para el arrendamiento. La documentación deberá estar en idioma castellano, ir enumerada y subrayada en aquellos datos requeridos de tal forma que puedan comprobar todas las características técnicas exigidas en el pliego de prescripciones técnicas. Las posibles mejoras que se vayan a ofertar no deben anticiparse ni describirse en la ficha técnica, dado que esto podría conllevar la exclusión del licitador por la vulneración del secreto de las ofertas. En relación con el objeto del contrato, resulta necesaria la determinación de la solvencia técnica de las empresas acreditada mediante este medio por cuanto el producto que deben ofertar debe ser compatible con los instrumentos del operativo de SAMUR Protección Civil. Para ello, no se exige la aportación de muestras bastando simplemente la ficha técnica mediante la cual se pueda observar la mencionada compatibilidad.
      Criterio de Solvencia Económica-Financiera
      • Cifra anual de negocio
        - Acreditación de la solvencia económica y financiera: Artículo 87.1 de la LCSP: Apartado: a. Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: El volumen anual de negocios del licitador o candidato, exclusivamente en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los 3 últimos ejercicios concluidos a contar desde la publicación efectiva del PCAP, excluyendo trabajos que se hayan ejecutado en el propio año en curso, deberá ser igual o superior a 1.249.280,00 euros, IVA excluido. Medio de Acreditación: Declaración responsable del representante legal de la empresa relativa a la cifra de negocios de cualquiera de los 3 últimos años concluidos. Al ser un contrato plurianual, con vigencia de 48 meses, cuyo objeto se encuentra vinculado a la prestación de servicios esenciales en el que prima la atención sanitaria del paciente, y resultar imprescindible el oxígeno medicinal para la atención sanitaria en un alto porcentaje de las intervenciones de SAMUR Protección Civil, que obliga a garantizar un suministro constante y fiable, se requiere fijar un volumen de negocios igual a una vez el valor estimado del contrato, lo que se considera acredita la capacidad económica necesaria para hacer frente a la ejecución del mismo. Esta cuantía es proporcional al objeto del contrato y no supone un obstáculo para ampliar la concurrencia en cumplimiento del art.87.4 de la LCSP, no existiendo en este supuesto causa justificativa que faculte a incrementar ese límite máximo.
        Umbral:
        1249280
        Expresión:
        3 últimos ejercicios concluidos

    Preparación de oferta

    • Sobre
      Sobre A Documentación administrativa
    • Tipo de Oferta
      Documentación administrativa

    Preparación de oferta

    • Sobre
      Sobre C Oferta económica
    • Tipo de Oferta
      Oferta económica o evaluable mediante fórmulas
    • Evento de Apertura
      Apertura sobre C. Oferta económica

    Condiciones de adjudicación

      Criterios de Adjudicación
        Criterios evaluables mediante aplicación de fórmulas
      • Mejora del Servicio por activación de Planes de emergencia municipal
        • Subtipo Criterio : Otros
        • Ponderación : 30
        • Cantidad Mínima : 0
        • Cantidad Máxima : 30
      • Oferta económica
        • Subtipo Criterio : Otros
        • Ponderación : 70
        • Expresión de evaluación : Puntos = 70 * (logBASE (PL-Oi+1))
        • Cantidad Mínima : 0
        • Cantidad Máxima : 70

    Presentación de recursos

      Información sobre recursos
      • Tribunal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid
      • Tipo de Entidad Adjudicadora Órgano de Contratación
      Dirección Postal
      • Plaza de Chamberí, 8
      • (28010)
        Madrid
        España
      Contacto
      • Correo Electrónico
        tribunal.contratacion@madrid.org
      Presentación de recursos
      • Tribunal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid
      Dirección Postal
      • Plaza de Chamberí, 8
      • (28010)
        Madrid
        España
      Contacto
      • Correo Electrónico
        tribunal.contratacion@madrid.org

    • Se aceptará factura electrónica
  • Programas de Financiación
    No hay financiación con fondos de la UE
  • Proceso de Licitación

      Subasta electrónica

      • Se adjudicará mediante subasta electrónica
        : No