PRIMERO.- Declarar de emergencia la tramitación del expediente de contratación de servicios denominado “CONTRATACIÓN DE EMERGENCIA PARA PROPORCIONAR MANUTENCIÓN CONSISTENTE EN LA PREPARACIÓN Y ENVÍO A DOMICILIO DE CESTAS DE COMPRA PARA FAMILIAS Y PERSONAS EN SITUACIÓN DE RIESGO O EXCLUSIÓN COMO CONSECUENCIA DE LAS MEDIDAS EXTRAORDINARIAS ADOPTADAS TENDENTES A LA CONTENCIÓN DEL COVID19” de conformidad con lo dispuesto en el artículo 120 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
SEGUNDO.- Adjudicar, por procedimiento de emergencia, a favor de CENTROS COMERCIALES CARREFOUR, S.A. CON CIF A 28425270, con domicilio en C/ Campezo, 16, 28022 MADRID, la CONTRATACIÓN DE EMERGENCIA PARA PROPORCIONAR MANUTENCIÓN CONSISTENTE EN LA PREPARACIÓN Y ENVÍO A DOMICILIO DE CESTAS DE COMPRA PARA FAMILIAS Y PERSONAS EN SITUACIÓN DE RIESGO O EXCLUSIÓN COMO CONSECUENCIA DE LAS MEDIDAS EXTRAORDINARIAS ADOPTADAS TENDENTES A LA CONTENCIÓN DEL COVID19 desde el 20 de abril de 2020 hasta la finalización de la declaración de Estado de Alarma o, en su caso, hasta la apertura de los recursos necesarios siendo condición indispensable la apertura y funcionamiento normalizado de los comedores escolares para que se produzca su finalización. El crédito se consignará en la aplicación presupuestaria que resulte procedente.
TERCERO.- Se exime al adjudicatario de la obligación de constituir garantía definitiva, conforme a lo dispuesto en el artículo 107 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.