- Capacidad de obrar
- Se acreditará mediante la presentación de la documentación exigida en el apartado A de la Cláusula 13 del PCAP. Podrá ser sustituida por la Declaración Responsable del Anexo VI del PCAP.
- Preferencia para empresas con trabajadores con discapacidad
- Declaración sobre trabajadores con discapacidad, según Anexo II del PCAP.
- No prohibición para contratar
- Se acreditara mediante la presentación de la documentación exigida en el apartado B de la Cláusula 13 del PCAP. Podrá sustituirse por la Declaración Responsable, según Anexo VI del PCAP.
- Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados
- Certificación de inscripción en el ROLECE y vigencia de datos, según Anexo I del PCAP.
- Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
- Las empresas licitadoras extranjeras presentarán una declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles y de que cumple los requisitos del apartado A, párrafo 2º de la Cláusula 13 del PCAP. Podrá ser sustituido por declaración responsable, según Anexo VI del PCAP.