Otros - Relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, en el curso de, como máximo, los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. El importe anual acumulado en el año de mayor ejecución será igual o superior al 60 por ciento de la anualidad media del contrato. Esta acreditación se hará por alguno de los siguientes medios: certificados de buena ejecución debidamente firmados y sellados, copia de los contratos y/o adjudicaciones de esos servicios en los que se refleje claramente los importes y fechas de la prestación de los mismos.Para el caso de empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a tres años, su solvencia técnica se acreditará mediante relación de los principales contratos de similares características al del objeto del contrato, ejecutados a la fecha de presentación de las ofertas, en los que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos.Disponibilidad en plantilla como mínimo de ingeniero técnico industrial, acreditada mediante titulación académica y profesional de la persona a responder técnicamente del contrato