Trabajos realizados - La Solvencia técnica o profesional se acreditará mediante la aportación de relación de los trabajos efectuados por el licitador en el curso de los tres últimos años, correspondientes al mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, que incluya importe, fechas y destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; siendo el requisito mínimo que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al setenta por ciento del valor estimado del contrato, o de su anualidad media si esta es inferior al valor estimado del contrato.