En esta fecha, en mi condición de órgano de contratación, de acuerdo con la propuesta de la Mesa de Contratación de fecha 16 de febrero de 2017, he resuelto:
PRIMERO.- NO ADMITIR la oferta de: a) CARVER ADVANCED SYSTEMS, S.L., y b) MEMORANDUM MULTIMEDIA, S.L. por ser técnicamente inaceptables, y en consecuencia NO ABRIR el resto de sus ofertas.
SEGUNDO.- ADJUDICAR el “ACUERDO MARCO PARA EL DESARROLLO Y MANTENIMIENTO CORRECTIVO Y EVOLUTIVO DEL SISTEMA INFORMÁTICO SÒSTRAT DEL PUERTO DE BARCELONA”. Clave del expediente: 2016R340023. Ref. Servicio de Contratación: 98/16 a OESIA NETWORKS S.L. (B-95087482) y a INFORMÁTICA EL CORTE INGLÉS, S.A. (A-28855260), de acuerdo con los precios unitarios ofertados, que representan un importe estimado de 300.000 euros IVA excluido para el primer año del acuerdo marco, y un plazo de duración del acuerdo marco de un (1) año prorrogable por un (1) año más. En el caso de que se ejecuten las prórrogas se aplicarán los precios unitarios ofertados.
TERCERO.- ORDENAR a la Dirección de Servicios Jurídicos de la Autoridad Portuaria de Barcelona que notifique esta resolución a los interesados, proceda a su publicación en los medios oficiales que corresponda y elabore el correspondiente documento de formalización contractual.