Asunto: Resolución de aprobación y adjudicación de la concreción de contrato “Servicio DSS Generador de informes de concesiones para presidencia, dentro del Acuerdo marco para el Desarrollo de proyectos y mantenimiento en entorno BI”. Clave de expediente: 2024R340065. Ref. Servicio de Contratación: 2024-00319, relacionado con el AM 2022-00155.
En esta fecha, en mi condición de órgano de contratación por delegación (BOE de 12-3-2020), de acuerdo con la propuesta del Director de Sistemas de Información y con la conformidad de la Subdirectora General de Organización y Recursos Internos, de fecha 3 de octubre de 2024, y de acuerdo con lo que se establece en el ACUERDO MARCO PARA EL DESARROLLO DE PROYECTO Y MANTENIMIENTO EN ENTORNO BUSINESS INTELLIGENCE, he resuelto:
PRIMERO.– DECLARAR la necesidad de contratación de la concreción del contrato: “Servicio DSS Generador de informes de concesiones para presidencia, dentro del Acuerdo marco para el Desarrollo de proyectos y mantenimiento en entorno BI”. Clave de expediente: 2024R340065. Ref. Servicio de Contratación: 2024-00319, relacionado con el AM 2022-00155.
SEGUNDO.– APROBAR económicamente el expediente de contratación con un valor estimado de 5.020,80 euros, IVA excluido.
TERCERO.– ADJUDICAR el servicio del asunto a T-SYSTEMS ITC IBERIA S.A.U (A81608077) por un importe estimado de 5.020,80 euros, IVA excluido, de acuerdo con su oferta de fecha 3 de octubre de 2024. El plazo de duración del contrato será de seis (6) meses.
Se designa como responsable del contrato al responsable de proyectos y servicios TIC, el Sr. Oscar Zamora.
CUARTO.– ACORDAR, en base al artículo 153.1 in fine de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, que no resultará necesaria la formalización del contrato.
QUINTO.– ORDENAR a la Subdirección General de Servicios Jurídicos y Contratación de la Autoridad Portuaria de Barcelona que notifique esta resolución y proceda a su publicación en los diarios oficiales que corresponda.
Lo que se les comunica, con indicación de que la resolución transcrita tiene carácter de acto administrativo definitivo y no agota la vía administrativa, pudiendo interponerse contra la misma, recurso de alzada, al que se refiere el segundo párrafo del artículo 44.6 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 ante el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación.
Barcelona, a fecha de firma electrónica