En fecha 27 de octubre el TRIBUNAL ADMINISTRATIVO CENTRAL DE RECURSOS CONTRACTUALES acordó estimar el recurso interpuesto por D. Fernando Ballester Rebolloso actuando en nombre y representación de la empresa SERVICIOS INTEGRALES VEHÍCULOS URBANOS SL (SIVU), contra el pliego de prescripciones técnicas del contrato de “Suministro de una barredora en régimen de arrendamiento operativo (renting) con mantenimiento integral incluido para la empresa pública servicios de Quart de Poblet “Gestquart”, expediente 9/22, convocado por la Empresa Pública de Servicios de Quart de Poblet, GESQUART S.L y en segundo lugar, acordó levantar la suspensión del procedimiento de contratación, de conformidad con lo establecido en el artículo 57.3 de la LCSP.
En consecuencia se ha procedido a realizar cambios significativos en el pliego de cláusulas administrativas particulares y pliego de prescripciones técnicas.
Por todo ello considerando que dicha rectificación supone una modificación sustancial del pliego de cláusulas administrativas particulares, y de prescripciones técnicas, la Mesa de contratación permanente de la empresa pública, y en base al Artículo 152 de la Ley de Contratos en el sector público,
ACUERDA
PRIMERO.- No adjudicar o celebrar el contrato y desistimiento del procedimiento de adjudicación del procedimiento de licitación 9/22 y retrotraer las actuaciones al momento de elaboración de los pliegos.
SEGUNDO.- Notifíquese en la plataforma de contratación del estado este acuerdo el contenido del presente acta.