Trabajos realizados - Cláusula 9.7.b).- Como solvencia técnica se exigirá al licitador una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza al objeto del contrato en el curso de los tres últimos años, indicando el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos; en este sentido, deberá de acreditar al menos tres trabajos cuyo importe del contrato, sumando los tres sea igual o superior a 100.000,00 euros (IVA no incluido)