Trabajos realizados - Las empresas licitadoras deberán haber realizado servicios de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, en el curso de, como máximo los tres últimos años, conforme a lo establecido en el artículo 90 de la LCSP, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario público o privado de los mismos. Para determinar que un trabajo o servicio es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato, se atenderá a los tres primeros dígitos de los códigos de la CPV.El importe anual en el año de mayor ejecución deberá ser igual o superior a 25.715 €, importe equivalente al 70% de la anualidad media del contrato.