Visto el expediente EXP020/2017/19, instruido para la contratación de Suministro e instalación de equipamiento deportivo y mobiliario para espacios exteriores con destino en el Colegio Mayor de la Universidad de Cádiz, compuesto por dos lotes: Lote 1: Gimnasio y Pista deportiva y Lote 2: Terraza/Solarium y Patio, mediante procedimiento negociado sin publicidad.
Invitadas las empresas EL CORTE INGLES, S.A., OFISAL, MMCITÉ5 S.L., ELK SPORT DISTRIBUCIONES, S.L., SOCIEDAD DE LUDICACION Y DEPORTE, CHAVES SPORTS, S.L. y ANDALUZA DE EQUIPAMIENTOS DEPORTIVOS y publicada simultáneamente, en el Perfil de Contratante de la Universidad de Cádiz y la Plataforma de Contratación del Sector Público, la documentación que conforma el contrato con objeto de facilitar la participación de otros licitadores, se concede de plazo para la presentación de ofertas hasta el día 19 de marzo de 2018.
Transcurrido este plazo sin que por parte de empresa alguna se haya procedido a presentar oferta o comunicación de remisión de la misma por correo para el Lote 2, y de conformidad con las facultades que la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades y los Estatutos de la Universidad de Cádiz me atribuyen en materia de contratación,
HE RESUELTO
Declarar DESIERTO el Lote 2 del presente procedimiento ante la ausencia de licitadores, de conformidad con lo establecido en el artículo 151 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cádiz en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de notificación de la misma, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa o, alternativamente, recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dictó en el plazo de un mes, sin que, en este último caso, pueda interponerse recurso contencioso-administrativo hasta su resolución expresa o presunta, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.