- Capacidad de obrar
- El DEUC suplirá en la fase de licitación la documentación relativa a capacidad de obrar, personalidad,
representación, no estar incurso en las prohibiciones para contratar y solvencia económica, financiera y técnica de acuerdo
a lo establecido en el art. 140.1 a) de la LCSP.
- No prohibición para contratar
- El DEUC suplirá en la fase de licitación la documentación relativa a capacidad de obrar, personalidad, representación, no estar incurso en las prohibiciones para contratar y solvencia económica, financiera y técnica de acuerdo a lo establecido en el art. 140.1 a) de la LCSP.
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- El DEUC suplirá en la fase de licitación la documentación relativa a capacidad de obrar, personalidad, representación, no estar incurso en las prohibiciones para contratar y solvencia económica, financiera y técnica de acuerdo a lo establecido en el art. 140.1 a) de la LCSP.
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- El DEUC suplirá en la fase de licitación la documentación relativa a capacidad de obrar, personalidad,
representación, no estar incurso en las prohibiciones para contratar y solvencia económica, financiera y técnica de acuerdo
a lo establecido en el art. 140.1 a) de la LCSP.
- Trabajos realizados
- El DEUC suplirá en la fase de licitación la documentación relativa a capacidad de obrar, personalidad,
representación, no estar incurso en las prohibiciones para contratar y solvencia económica, financiera y técnica de acuerdo a lo establecido en el art. 140.1 a) de la LCSP.
Periodo: Cinco últimos años
Expresión: Relación de los principales suministros con instalación y puesta en marcha de unidades de generación de nitrógeno realizados en el curso de los cinco últimos años indicando su importe, fechas y destinatario público o privado de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o cuando el destinatario sea un comprador privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañada de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación El requisito mínimo será que el importe anual acumulado en contratos ejecutados de instalación y puesta en marcha de suministros de igual o similar naturaleza al del objeto del presente contrato en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% del valor estimado (119.000,00€).
- Títulos académicos y profesionales del empresario y directivos, o responsables de la ejecución
- El DEUC suplirá en la fase de licitación la documentación relativa a capacidad de obrar, personalidad,
representación, no estar incurso en las prohibiciones para contratar y solvencia económica, financiera y técnica de acuerdo a lo establecido en el art. 140.1 a) de la LCSP.
Expresión: Indicación del personal técnico o unidades técnicas de los que se disponga para la ejecución del contrato. Se deberá aportar el CV del responsable técnico de la ejecución del contrato que cumpla el requisito de experiencia demostrada de al menos cinco (5) años en instalaciones de gases industriales y de al menos dos (2) años en suministros de similares características al objeto de la contratación. De la misma forma, el resto del equipo técnico que ejecute el suministro, deberá estar constituido por al menos 2 profesionales con experiencia previa en suministros de instalaciones generadoras de gases, y se deberá acreditar dicha experiencia aportando CV.
- Indicación de la parte del contrato que se pretende subcontratar
- El DEUC suplirá en la fase de licitación la documentación relativa a capacidad de obrar, personalidad,
representación, no estar incurso en las prohibiciones para contratar y solvencia económica, financiera y técnica de acuerdo a lo establecido en el art. 140.1 a) de la LCSP.
Expresión: Indicación mediante declaración responsable de la parte del contrato que el empresario tiene eventualmente el propósito de subcontratar.
- Otros
- El DEUC suplirá en la fase de licitación la documentación relativa a capacidad de obrar, personalidad,
representación, no estar incurso en las prohibiciones para contratar y solvencia económica, financiera y técnica de acuerdo a lo establecido en el art. 140.1 a) de la LCSP.
Expresión: Registro como empresa instaladora de equipos a presión: la empresa que realice el ensamblaje, la instalación y puesta en marcha del objeto de la contratación, debe acreditar que está registrada como empresa instaladora de equipos a presión, según lo indicado en el Real Decreto 809/2021, de 21 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de equipos a presión y sus instrucciones técnicas complementarias. Esta empresa puede ser la propia adjudicataria o una empresa subcontratada a tal efecto.
- Seguro de indemnización
- El DEUC suplirá en la fase de licitación la documentación relativa a capacidad de obrar, personalidad,
representación, no estar incurso en las prohibiciones para contratar y solvencia económica, financiera y técnica de acuerdo a lo establecido en el art. 140.1 a) de la LCSP.
Expresión: Si se trata de profesionales que no tengan la condición de empresarios, deberán presentar justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales, cuya cobertura sea de importe no inferior al valor estimado (170.000,00 €).
- Cifra anual de negocio
- El DEUC suplirá en la fase de licitación la documentación relativa a capacidad de obrar, personalidad,
representación, no estar incurso en las prohibiciones para contratar y solvencia económica, financiera y técnica de acuerdo a lo establecido en el art. 140.1 a) de la LCSP.
Umbral: 170000
Periodo: Cinco últimos ejercicios.
Expresión: Volumen anual de negocios durante alguno de los cinco últimos ejercicios de al menos 170.000,00 €, consistente en una (1) vez el valor estimado del contrato.
- Patrimonio neto
- El DEUC suplirá en la fase de licitación la documentación relativa a capacidad de obrar, personalidad,
representación, no estar incurso en las prohibiciones para contratar y solvencia económica, financiera y técnica de acuerdo a lo establecido en el art. 140.1 a) de la LCSP.
Periodo: Último ejercicio económico
Expresión: Patrimonio neto positivo y no inferior a la mitad del capital social, al cierre del último ejercicio económico para el que esté vencida la obligación de aprobación de cuentas anuales.