- Capacidad de obrar
- Podrán contratar las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, acreditada con arreglo a lo establecido en el presente Pliego. Las personas jurídicas solo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, le sean propios. Asimismo, podrán contratar las uniones de empresarios y/o empresarias que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria su formalización en escritura pública hasta que, en su caso, se les haya adjudicado el contrato. Las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea o de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo tendrán capacidad para contratar con el sector público siempre que, con arreglo a la legislación del Estado en que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la
prestación de que se trate. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una
determinada organización para poder prestar el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen este requisito. Las personas que contraten con la Administración, podrán hacerlo por sí, o mediante la representación de personas debidamente facultadas para ello, en cuyo caso deberán acreditar debidamente la representación con arreglo a lo establecido en el presente Pliego. En cuanto a las personas físicas, deberán presentar fotocopia del N.I.F. del titular, y se tratase de personas jurídicas, fotocopia del N.I.F./C.I.F. de la empresa, fotocopia de la escritura o documento de constitución, o de modificación, en su caso, estatutos o acta fundacional, en el que consten las normas por las que se regula su actividad, inscritos en el registro público que corresponda, además del N.I.F. de su representante legal junto al documento fehaciente acreditativo de la existencia de la representación y del ámbito de sus facultades para licitar.
No obstante, para la simple presentación de la oferta será suficiente con la adecuada presentación de la declaración responsable incluida en el Anexo I del
presente PCAP. debidamente cumplimentado y rubricado mediante firma electrónica por el licitador, sea persona física o por el representante autorizado de la persona jurídica.
- No prohibición para contratar
- No podrán contratar quienes se hallen incursos en alguna de las prohibiciones enumeradas en el artículo 71 de la LCSP. La ausencia de prohibiciones para contratar se acreditará en la forma establecida en el presente Pliego mediante certificación de su inscripción en el ROLECE, mediante testimonio judicial, certificación administrativa, acta de manifestaciones ante notario público o declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa u organismo profesional cualificado.
No obstante, para la simple presentación de la oferta será suficiente con la adecuada presentación de la declaración responsable incluida en el Anexo I del
presente PCAP. debidamente cumplimentado y rubricado mediante firma electrónica por el licitador, sea persona física o por el representante autorizado de la
persona jurídica, y mediante el cual, el licitador autoriza expresamente al Ayuntamiento de Valle Gran Rey a recabar de manera telemática el cumplimiento de esta circunstancia.
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- La licitadora que resulte propuesta como adjudicataria, antes de proceder a la adjudicación por parte del órgano de contratación, se deberá acreditar mediante la
aportación de los correspondientes certificados de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias impuestas por las disposiciones vigentes,
tanto con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT.) como con la Agencia Tributaria Canaria, con la Tesorería de la Seguridad Social, así como con los Servicios Económico del Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey.
No obstante, para la simple presentación de la oferta será suficiente con la adecuada presentación de la declaración responsable incluida en el Anexo I del
presente PCAP. debidamente cumplimentado y rubricado mediante firma electrónica por el licitador, sea persona física o por el representante autorizado de la persona jurídica, y mediante el cual, el licitador autoriza expresamente al Ayuntamiento de Valle Gran Rey a recabar de manera telemática el cumplimiento de esta circunstancia.
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- La licitadora que resulte propuesta como adjudicataria, antes de proceder a la adjudicación por parte del órgano de contratación, se deberá acreditar mediante la
aportación de los correspondientes certificados de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias impuestas por las disposiciones vigentes,
tanto con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT.) como con la Agencia Tributaria Canaria, con la Tesorería de la Seguridad Social, así como con los Servicios Económico del Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey.
No obstante, para la simple presentación de la oferta será suficiente con la adecuada presentación de la declaración responsable incluida en el Anexo I del
presente PCAP. debidamente cumplimentado y rubricado mediante firma electrónica por el licitador, sea persona física o por el representante autorizado de la persona jurídica, y mediante el cual, el licitador autoriza expresamente al Ayuntamiento de Valle Gran Rey a recabar de manera telemática el cumplimiento de esta circunstancia.
- Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados
- Las licitadoras deberán estar inscritas en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público (ROLECE) o en el Registro de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Canarias, que conforme a lo establecido en el artículo 159.4.a) de la LCSP., salvo prueba en contrario, exime de aportar la documentación acreditativa de las condiciones de aptitud del empresario en cuanto a su personalidad y capacidad de obrar, representación (siempre y cuando sea la misma que conste en el certificado aportado), habilitación profesional o empresarial, solvencia económica y financiera y técnica o profesional, clasificación y demás circunstancias inscritas, así como la concurrencia o no concurrencia de las prohibiciones de contratar que deban constar en el mismo. No obstante, si habiendo solicitado su inscripción con carácter previo a la finalización del plazo de licitación sin haberse tramitado de manera efectiva la misma, para poder concurrir será necesario presentar el correspondiente justificante de la solicitud de inscripción al citado registro, mediante formato PDF firmado digitalmente por persona debidamente habilitada para ello por la empresa licitadora e incluirse junto a la documentación administrativa de la oferta correspondiente. La no presentación del referido justificante de la solicitud de la inscripción en el ROLECE., será causa de exclusión de la licitadora en la presente licitación.
No obstante, para la simple presentación de la oferta será suficiente con la adecuada presentación de la declaración responsable incluida en el Anexo I del
presente PCAP. debidamente cumplimentado y rubricado mediante firma electrónica por el licitador, sea persona física o por el representante autorizado de la persona jurídica, y mediante el cual, el licitador autoriza expresamente al Ayuntamiento de Valle Gran Rey a recabar de manera telemática el cumplimiento de esta circunstancia.