Capacidad de obrar - Primero: Anexo V, declaración responsable del licitador, ajustada al formulario de documento europeo único de contratación (DEUC) aprobado a través del Reglamento (UE) nº 20146/7, de 5 de enero, que identificará al licitador, incluyendo la dirección de correo en el que efectuar las notificaciones y un teléfono.
Segundo: Anexo VI, declaración de Grupo.
Tercero: Anexo VII, compromiso de adscripción de medios.
Cuarto: Anexo VIII, declaración responsable de elaboración de la oferta en cumplimiento de las disposiciones vigentes (protección del empleo, condiciones de trabajo, prevención de riesgos laborales, así como de defensa medioambiental).
Quinto: en caso de ser UTE, el anexo V y VI debe ser presentado por cada integrante de la UTE. El anexo VII y anexo VIII se presentará por la UTE firmado por los representantes legales de las empresas integrantes. Sexto: en el caso de ser UTE, deberá presentarse un compromiso de constitución de UTE, indicando la composición de la misma por parte de los empresarios que sean parte de la misma de conformidad con lo exigido en el apartado 3 del artículo 69 de la LCSP. Séptimo: en caso de empresas vinculadas o pertenecientes a un mismo grupo de empresas, de acuerdo con el artículo 86 del RGLC, los licitadores presentarán una declaración en la que relacionarán aquellas otras empresas del grupo, entendiendo por tales, las que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42 del Código de Comercio. En virtud de este precepto, la presentación de esta declaración le corresponde a las empresas que hayan formulado proposiciones a la licitación o, en su lugar, manifestarán expresamente que no presentan proposiciones por otras empresas del grupo.