Observaciones La modificación (expte. núm. 13/mod/ser/20) de la prórroga del contrato (expte. núm. 22/pro/ser/19) planteada por el técnico responsable de Suma. Gestión Tributaria, por razones de interés general, se advierte expresamente en el apartado 6 de la cláusula 8 del PCAP que rige este contrato, responden al supuesto reseñado en la Disposición Adicional Trigésimo Cuarta del TRLCSP, que especifica que se podrá hacer uso de la posibilidad de modificación prevista cuando dentro de la vigencia del contrato, las necesidades reales (sobre las entregas incluidas en el objeto del contrato) fuesen superiores a las estimadas inicialmente.