- Capacidad de obrar
- Sólo podrán contratar con la Diputación las personas naturales o jurídicas españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar. A efectos de concurrir a la licitación este requisito se considerará cumplido mediante la declaración responsable
- Preferencia para empresas con personas con discapacidad
- Declaración responsable relativa al cumplimiento de la obligación de contar con un dos por ciento de trabajadores con discapacidad o adoptar las medidas alternativas correspondientes y al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la normativa vigente en materia laboral, social y de igualdad efectiva entre mujeres y hombres
- No prohibición para contratar
- Los licitadores no podrán estar incursos a la fecha de conclusión del plazo de presentación de proposiciones, en ninguna de las prohibiciones para contratar con el sector público establecidas en el art. 71 de la LCSP. Tampoco deberán estar incursos en tal situación cuando se proceda a la adjudicación del contrato. No obstante, a efectos de concurrir en la licitación este requisito se considerará cumplido mediante la declaración responsable
- No estar incurso en incompatibilidades
- Los licitadores deberán declarar que no se hallan incursos en alguna causa de incomptabilidad, especialmente cuando, habiendo participado en la elaboración del PPT y /o en alguna consulta preliminar de mercado objeto del presente contrato, su participación pueda falsear u obstaculizar una efectiva competencia. No obstante, a efectos de concurrir en la licitación este requisito se considerará cumplido mediante la declaración responsable
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- Los licitadores deberán hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social. No obstante a efectos de concurrir a la licitación este requisito se considerará cumplido mediante la declara Social, lo cual se considerará cumplido mediante la declaración responsable
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- Los licitadores deberán hallarse al corriente de las obligaciones tributarias con las Haciendas Estatal, autonómica y local, desde la finalización del plazo de presentación de ofertas hasta la adjudicación del contrato. No obstante a efectos de concurrir a la licitación este requisito se considerará cumplido mediante la declaración responsable
- Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados
- De conformidad con el artículo 159.4 a) y 6 LCSP, los licitadores que se presenten a licitaciones realizadas a través del procedimiento simplificado deberán estar inscritos en el correspondiente Registro Oficial de Licitadores en la fecha final de presentación de ofertas, siempre que con ello no se vea limitada la concurrencia. En todo caso, también se considerará admisible la proposición del licitador que acredite haber presentado la solicitud de inscripción en el correspondiente Registro junto con la documentación preceptiva para ello, siempre que tal solicitud sea de fecha anterior a la fecha final de presentación de ofertas. No obstante a efectos de concurrir a la licitación este requisito se considerará cumplido mediante la declaración responsable
- Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
- Las empresas extranjeras deberán aportar una declaración de sometimiento a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden. No obstante a efectos de concurrir a la licitación este requisito se considerará cumplido mediante la declaración responsable.
- Trabajos realizados
- Artículo 90.1.a) de la LCSP: Relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de como máximo, los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario público o privado de los mismos.
Para determinar que es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV: 926, 923 ó 323 Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Relación de los principales servicios efectuados en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70 por ciento de la anualidad media del contrato IVA excluido, en concreto: Cantidad: 17.869,95 €. Ver apartado 14 del anexo I del PCAP. No obstante, a efectos de concurrir en la licitación este requisito se considerará cumplido mediante la declaración responsable.
- Indicación de la parte del contrato que se pretende subcontratar
- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 122.2 letra e) LCSP, los licitadores tienen la obligación de indicar en su oferta, si tienen previsto subcontratar los servidores o los servicios asociados a los mismos, el nombre o el perfil empresarial de los subcontratistas a los que se vaya a encomendar su realización.
Esta obligación se califica de esencial a los efectos de lo previsto en la letra f) del apartado 1 del artículo 211 LCSP.
Los licitadores deberán indicar en la oferta la parte del contrato a subcontratar, su importe, y el nombre o el perfil empresarial de los subcontratistas.
Ver apartado 26 del anexo I del PCAP. No obstante, a efectos de concurrir en la licitación este requisito se considerará cumplido mediante la declaración responsable.
- Otros
- Compromiso de adscripción a la ejecución del contrato de medios personales y materiales:
Medios a adscribir: Dos oficiales de imagen y un oficial de sonido con al menos una de las siguientes titulaciones: Licenciado/Graduado en imagen y sonido, Técnico Superior en realización de audiovisuales y espectáculos, Técnico Superior en sonido.
Este compromiso de adscripción es obligación contractual esencial.
Ver apartado 15 del anexo I del PCAP. No obstante, a efectos de concurrir en la licitación este requisito se considerará cumplido mediante la declaración responsable