Consideraciones de tipo social - El adjudicatario estará obligado al cumplimiento de cuantas disposiciones, de carácter normativo o pactado, presentes y futuras, en materia laboral, de Seguridad Social, fiscal y de seguridad e higiene en el trabajo, resulten de aplicación, asumiendo exclusiva e íntegramente cuantas responsabilidades deriven de su incumplimiento.