- Capacidad de obrar
- Sólo podrán contratar con el sector público las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en alguna prohibición de contratar de las señaladas en al artículo 71 de la LCSP y cumplan con los requisitos establecidos en los Pliegos de Cláusulas Administrativas y de Prescripciones Técnicas que rigen esta contratación. Los licitadores deberán acreditar su personalidad jurídica y capacidad de obrar. Los contratistas deberán contar, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de las prestaciones que contribuyan al objeto del contrato. No obstante lo anterior, a efectos de concurrir a la licitación, este requisito se considerará cumplido mediante la inclusión en el SOBRE ELECTRÓNICO 1 de la Declaración responsable sobre el cumplimiento de las condiciones establecidas legalmente para contratar con la administración, conforme al modelo del Anexo I del PCAP, debidamente relleno y firmado por quien tenga el poder para ello. En caso de que su oferta resulte la mejor en relación calidad-precio, y previo requerimiento de la Mesa de Contratación, el licitador aportará la documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones para contratar con la Administración, establecidas en la cláusula 19.8 del PCAP, siempre y cuando esa información no conste en el Registro Oficial de Licitadores, y el licitador haya autorizado su consulta
- No prohibición para contratar
- Sólo podrán contratar con el sector público las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en alguna prohibición de contratar de las señaladas en al artículo 71 de la LCSP y cumplan con los requisitos establecidos en los Pliegos de Cláusulas Administrativas y de Prescripciones Técnicas que rigen esta contratación. Los licitadores deberán acreditar su personalidad jurídica y capacidad de obrar. Los contratistas deberán contar, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de las prestaciones que contribuyan al objeto del contrato. No obstante lo anterior, a efectos de concurrir a la licitación, este requisito se considerará cumplido mediante la inclusión en el SOBRE ELECTRÓNICO 1 de la Declaración responsable sobre el cumplimiento de las condiciones establecidas legalmente para contratar con la administración, conforme al modelo del Anexo I del PCAP, debidamente relleno y firmado por quien tenga el poder para ello. En caso de que su oferta resulte la mejor en relación calidad-precio, y previo requerimiento de la Mesa de Contratación, el licitador aportará la documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones para contratar con la Administración, establecidas en la cláusula 19.8 del PCAP, siempre y cuando esa información no conste en el Registro Oficial de Licitadores, y el licitador haya autorizado su consulta.
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- Los licitadores deberán hallarse al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social. Su cumplimiento se acreditará mediante certificación positiva de la Tesorería General de la Seguridad Social. No obstante lo anterior, a efectos de concurrir a la licitación, este requisito se considerará cumplido mediante la inclusión en el SOBRE ELECTRÓNICO 1 de la Declaración responsable sobre el cumplimiento de las condiciones establecidas legalmente para contratar con la administración, conforme al modelo del Anexo I del PCAP, debidamente relleno y firmado por quien tenga el poder para ello.
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- Los licitadores deberán hallarse al corriente de las obligaciones tributarias con las Haciendas Estatal, autonómica y local. Su cumplimiento se acreditará mediante certificaciones positivas de los organismos públicos citados, de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias. No obstante lo anterior, a efectos de concurrir a la licitación, este requisito se considerará cumplido mediante la inclusión en el SOBRE ELECTRÓNICO 1 de la Declaración responsable sobre el cumplimiento de las condiciones establecidas legalmente para contratar con la administración, conforme al modelo del Anexo I del PCAP, debidamente relleno y firmado por quien tenga el poder para ello.
- Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
- Las empresas extranjeras deberán aportar una declaración de sometimiento a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.