Decreto 332/2024 (...)
Primero.- Adjudicar el lote 2 a la empresa ICAMOTOR VENTA DE AUTOMÓVILES, S.L al haber obtenido una puntuación de cien (100) puntos, por un precio final de 62.000,00 € más 0% de IGIC.
Segundo.- Adjudicar el lote 3 a la empresa ICAMOTOR VENTA DE AUTOMÓVILES, S.L al haber obtenido una puntuación de cien (100) puntos, por un precio final de 34.000,00 € más 0% de IGIC.
Tercero.- Adjudicar el lote 5 a la empresa ICAMOTOR VENTA DE AUTOMÓVILES, S.L al haber obtenido una puntuación de cien (100) puntos, por un precio final de 49.500,00 € más 0% de IGIC.
Cuarto.- Adjudicar el lote 6 a la empresa FEDERAUTO, S.L al haber obtenido una puntuación de cien (100) puntos, por un precio final de 32.599,00 € más 0% de IGIC.
Quinto.- Adjudicar el lote 7 a la empresa FEDERAUTO, S.L al haber obtenido una puntuación de cien (100) puntos, por un precio final de 5.761,00 € más 0% de IGIC.
Sexto.- Respecto del lote 8, debe aplicarse a la empresa ICAMOTOR VENTA DE AUTOMÓVILES, S.L el protocolo establecido en la letra b) del número 9 del anexo IX.
Séptimo.- Adjudicar el lote 9 a la empresa ICAMOTOR VENTA DE AUTOMÓVILES, S.L al haber obtenido una puntuación de cien (100) puntos, por un precio final de 80.000,00 € más 0% de IGIC.
Octavo.- Adjudicar el lote 10 a la empresa SEVI DRAGO SERVICIOS VEHÍCULOS INDUSTRIALES, S.L al haber obtenido una puntuación de cien (100) puntos, por un precio final de 86.671,00 € más 0% de IGIC.
Noveno.- Adjudicar el lote 12 a la empresa ICAMOTOR VENTA DE AUTOMÓVILES, S.L al haber obtenido una puntuación de cien (100) puntos, por un precio final de 67.500,00 € más 0% de IGIC.
Décimo.- Adjudicar el lote 14 a la empresa SEVI DRAGO SERVICIOS VEHÍCULOS INDUSTRIALES, S.L al haber obtenido una puntuación de cien (100) puntos, por un precio final de 25.680,00 €, incluido IGIC calculado al 7%.
Decimoprimero.- Declararse desiertos los lotes 1, 4, 11, 13 y 15, por no haberse presentado ofertas a los mismos.
Decimosegundo.- Requerir a las adjudicatarias de los lotes 2, 9, 10 y 12 para que presenten garantía por importe del cinco (5%) por cien del precio ofertado, excluido IGIC.
Decimotercero.- La formalización del contrato no podrá realizarse hasta que transcurran quince (15) días hábiles, contados desde el siguiente a la notificación de la adjudicación, por tratarse de un contrato sujeto a regulación armonizada.
Decimocuarto.- Proceder a la publicación de esta resolución de adjudicación en el Perfil de Contratante, sin perjuicio de que deba ser notificada de forma particularizada a cada uno de los licitadores, conforme al artículo 151.1 de la LCSP.