Otros - El empresario deberá ser acreditada, mediante la presentación de una relación de los principales obras realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, referida al mejor ejercicio de entre los años 2015,2016 y 2017, por importe igual o superior a 150.000 €, en la que se indique: el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos; las obras se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación.