Trabajos realizados - La solvencia técnica o profesional se acreditará mediante: Relación de los principales servicios o trabajos
realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como
máximo, los tres últimos años en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los
mismos.
Forma de acreditación.- Mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el
destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un
certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, median te una declaración del empresario acompañado
de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos
certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. L os
certificados indicarán el objeto del contrato, importe, fechas y lugar de ejecución, y si los trabajos o servicios
fueron ejecutados de conformidad. En cada anualidad, se deberá acreditar un importe mínimo ejecutado de igual
o superior a 9.650,79 € €, excluido IVA (70% de la anualidad media del contrato), bien mediante un único
certificado, o mediante la suma de varios certificados de trabajos similares realizados en cada una de las
anualidades