Motivación El inmueble en cuestión presenta unas características de singularidad y especifidad derivadas de una actuación urbanística enmarcada en un instrumento de planeamiento de protección del patrimonio histórico-, que demandan que sea este bien y no otro el que deba adquirirse por el Ayuntamiento. Añadido a ello, la utilización del edificio resultante tras la realineación practicada, como aula de apoyo al Centro de Interpretación de la Puerta de Córdoba debido a su cercanía, redunda en la singularidad y especificada que este inmueble ofrece a tal fin.
Todo ello justifica, pues, el empleo del procedimiento negociado para la adquisición de la integridad del inmueble, en aras al aprovechamiento y uso total que por parte del Ayuntamiento se daría al mismo.
Por otro, la expropiación forzosa ceñida a unos metros -como fórmula alternativa de adquisición- causaría a la propiedad un perjuicio difícil de reparar, que haría complicada la enajenación del resto del inmueble dado que supondría dotarlo de viabilidad para cumplir la función de vivienda, suponiendo un coste económico alto.
La adjudicación del contrato a las propietarias actuales del inmueble se motiva en el hecho de que la proposición presentada se ajusta al criterio de adjudicación previsto en el pliego de condiciones, referente a que el precio ofertado no puede esperar el expresamente indicado en aquél.