Capacidad de obrar - a) En cuanto a personas físicas, mediante la fotocopia del documento nacional de identidad.
b) En cuanto a personas jurídicas, mediante la fotocopia del NIF y la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.