Otros - Haber realizado DOS SUMINISTROS de similar naturaleza que los que construyen el objeto del contrato en el curso de como máximo los tres últimos años (2.016, 2.017, 2.018), en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos
NOTA.- En los contratos no sujetos a regulación armonizada y solo para los casos en los que el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por los medios a que se refiere la letras e), sin que en ningún caso sea aplicable lo establecido en la letra a), relativo a la ejecución de un número determinado de suministros