Primero.- Declarar válido el acto licitatorio.
Segundo.- Adjudicar a IBEROSPORT INNOVACIÓN Y EQUIPAMIENTO S.L., el contrato de ejecución de prestación del suministro e instalación de césped artificial, y retirada del actualmente existente, del campo de fútbol situado en el Complejo Deportivo Malasmañanas, por un precio IVA excluido de 152.131,52 € (184.079,14 € IVA incluido), de acuerdo con los pliegos aprobados, así como con la oferta presentada., Tercero.- Requerir a IBEROSPORT INNOVACIÓN Y EQUIPAMIENTO S.L. para que proceda a la firma electrónica del correspondiente contrato, que no podrá producirse con anterioridad al transcurso del plazo de 15 días hábiles desde la remisión de la notificación a los licitadores, disponiendo tras ello de un plazo de 5 días naturales para dicha firma.
Cuarto.- Notificar el presente acuerdo al resto de licitadores, con indicación de los recursos procedentes (recurso potestativo especial en materia de contratación ante el Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía en el plazo de 15 días computados a partir del día siguiente a la fecha de remisión de la notificación, o directamente recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses ante la jurisdicción contencioso administrativa), adjuntándoles los informes técnicos elaborados durante el desarrollo de las Mesas de Contratación.
Quinto.- Dar cuenta del presente acuerdo a la Intervención y Tesorería Municipales, Servicio de Contratación, Servicio Municipal de Prevención de Riesgos, y responsable municipal del contrato (Leonardo Chaves Marin).
Sexto.- Facultar al concejal-delegado de Hacienda, D. Francisco Jesús Mora Mora para que en nombre y representación del Ayuntamiento suscriba el correspondiente contrato, conforme a la Resolución de la Alcaldía número 334/2019, de 28 de junio.
Séptimo.- Conforme a lo dispuesto en el art. 63 LCSP, insertar en el Perfil de Contratante de este Ayuntamiento, alojado en la Plataforma de Contratación del Sector Público, anuncio indicativo de la presente adjudicación, así como de formalización del contrato, una vez que se produzca. Igualmente:
a) Publicar en el citado Perfil de Contratante, conforme a lo dispuesto en el art. 63 LCSP, las actas de las sesiones de la Mesa de Contratación celebradas así como los informes técnicos emitidos con ocasión de las mismas.
b) Publicar un certificado del presente acuerdo en el portal de transparencia municipal, conforme a lo dispuesto en el art. 15 de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía.” las siguientes mejoras reflejadas en el certificado de adjudicación.