- Trabajos realizados
- Relación de los principales servicios o trabajos realizados en los tres últimos años que sean de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, tomándose como criterio de correspondencia entre los servicios ejecutados por el empresario y aquellos que constituyen el objeto del presente contrato los servicios de mantenimiento de piscina. Requisito mínimo: Importe mínimo, al menos, de VEINTIOCHO MIL EUROS/AÑO (28.000,00 €), referido al año de mayor ejecución dentro del citado intervalo de tiempo.
Umbral: 28000
Periodo: 3 años
- Técnicos o unidades técnicas
- Indicación del personal técnico o de las unidades técnicas, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato, especialmente aquellos encargados del control de calidad.
Requisito mínimo: 2 técnicos que deberán acreditar experiencia mínima de 3 años en servicios de mantenimiento de piscinas de uso público y/o privado de tipo 2, tal y como se definen en el artículo 2 apartado B) del Real Decreto 742/2013.
Dicho personal para la puesta a punto, el mantenimiento y la limpieza de los equipos e instalaciones de las piscinas deberá contar con la formación requerida y necesaria para la actividad que desempeña dentro del mismo, en concreto:
Curso de técnico en mantenimiento de piscinas acreditando que, como mínimo, la formación recibida cumpla, al menos, con el contenido mínimo de la formación de mantenimiento de piscinas detallado en el Anexo II del Decreto 85/2018.
- Otros
- Medios materiales mínimos a adscribir a la ejecución del contrato: Equipos electrónicos de medición de la calidad del agua que cumplan la norma ISO-17381 (Calidad del agua. Selección y aplicación de métodos que utilizan kits de ensayo listos para usar en el análisis del agua), exigida en el Real Decreto 742/2013.
- Otros
- Medios personales mínimos a adscribir a la ejecución del contrato: Los medios personales mínimos requeridos como solvencia en el apartado F.3. del cuadro de características. Deberá hacerse constar los datos identificativos (nombre, apellidos, NIF) de las personas que se compromete adscribir.