- Capacidad de obrar
- Inicialmente, basta con declarar en DEUC que se cumplen estos requisitos. No hay que acerditarlos con documentación hasta ser requeridos para ello
- No prohibición para contratar
- Inicialmente, basta con declarar en DEUC que se cumplen estos requisitos. No hay que acerditarlos con documentación hasta ser requeridos para ello
- No estar incurso en incompatibilidades
- Inicialmente, basta con declarar en DEUC que se cumplen estos requisitos. No hay que acerditarlos con documentación hasta ser requeridos para ello
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- Inicialmente, basta con declarar en DEUC que se cumplen estos requisitos. No hay que acerditarlos con documentación hasta ser requeridos para ello
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- Inicialmente, basta con declarar en DEUC que se cumplen estos requisitos. No hay que acerditarlos con documentación hasta ser requeridos para ello
- Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
- Inicialmente, basta con declarar en DEUC que se cumplen estos requisitos. No hay que acerditarlos con documentación hasta ser requeridos para ello