- Capacidad de obrar
- Podrán tomar parte en el presente procedimiento abierto, por sí o por medio de representantes debidamente autorizados, las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, a título individual o en unión temporal, que de acuerdo con lo previsto en los artículos 65 a 70 LCSP, reúnan las condiciones de aptitud y solvencia Y no estén incursas en prohibiciones de contratar (artículo 71 LCSP) .
Conforme a lo dispuesto en el artículo 159.4 a) en relación con el artículo 159.6 último párrafo para participar en la presente licitación es preceptivo y obligatorio que los licitadores estén inscritos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público, o en el Registro Oficial de Licitadores de la Comunidad Autónoma de Aragón en la fecha final de presentación de ofertas.
- No prohibición para contratar
- La prueba, por parte de los empresarios, de la no concurrencia de alguna de lasprohibiciones para contratar previstas en el artículo 71 LCSP, podrá realizarse mediante testimonio judicial o certificación administrativa, según los casos. Cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad competente, podrá ser sustituido por una declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado.
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- Con la presentación la Declaración Responsable del Anexo I el licitador declara cumplir este requisito . Asimismo se compromete a la acreditación documental mediante presentación de certificado expedido por la AEAT en caso de ser propuesto como adjudicatario mediante la aportación en tiempo y forma de las
documentación que por parte del órgano de contratación o servicios técnicos se le requiera.