Observaciones PRIMERO.- Aprobar la modificación del proyecto técnico denominado “Acondicionamiento acústico y remodelación de la sala de ensayos de la Banda municipal”, redactado por la Dirección Facultativa de las Obras estos son D. Pedro González Sánchez, D. Jose Ángel Afonso Tosco, y Dña. Raquel Rosa Orihuela, todos ellos funcionarios del Servicio Técnico de Proyectos Urbanos, Infraestructuras y Obras, por importe de TREINTA Y DOS MIL SETECIENTOS VEINTIUN EUROS CON VEINTIOCHO CÉNTIMOS (32.721,28€) IGIC incluido, que asciende a la cantidad de 1.997,08 €, ampliando el plazo de ejecución de las mismas en 1 mes y 15 días naturales.
SEGUNDO.- Aprobar la modificación del contrato de obras “Acondicionamiento acústico y remodelación de la sala de ensayos de la Banda municipal” en los términos de la modificación del proyecto aprobada en el punto anterior.
TERCERO.- Levantar la suspensión del plazo de ejecución inicial de las obras, con efectos desde la fecha del Acta de levantamiento de la suspensión.
CUARTO.- Autorizar y disponer el gasto por importe de TREINTA Y DOS MIL SETECIENTOS VEINTIUN EUROS CON VEINTIOCHO CÉNCIMOS (32.721,28€), 6,5% Igic incluido, a favor de la entidad ISCAN NORTE S.L., que figura en el documento contable en fase AD con número 920190004357, con cargo a la aplicación presupuestaria C3413.33400.63200, del proyecto 2015/2/61/13.
QUINTO.- Requerir a la entidad ISCAN NORTE S.L., para que constituyan garantía por importe del 5% del importe de la modificación del proyecto (sin igic) en el plazo de QUINCE DÍAS NATURALES a contar desde la fecha en que se notifique el presente acuerdo.
SEXTO.- Requerir a la entidad ISCAN NORTE S.L., para que formalice la adenda al contrato, que se anexa, una vez constituida la garantía.
SÉPTIMO.- Notificar el presente acuerdo a la Dirección Facultativa, D. Pedro González Sánchez, D. Jose Ángel Afonso Tosco, y Dña. Raquel Rosa Orihuela, y a la entidad ISCAN NORTE S.L., a los efectos de que se recabe la correspondiente Acta de levantamiento de la suspensión.
OCTAVO.- Publicar el presente Acuerdo en el perfil de contratante del órgano de contratación integrado en la Plataforma de Contratación del Sector Público.
NOVENO.- Dar traslado del presente Acuerdo al Servicio Administrativo de Igualdad y Patrimonio Histórico de la Consejería Insular del Área de Juventud, Igualdad y Patrimonio Histórico del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife, a los efectos de su conocimiento
Justificación de la Modificación Necesidad de modificación derivada de circunstancias que un poder adjudicador diligente no podrá prever [artículo 43, apartado 1, letra c), de la Directiva 2014/23/UE; artículo 72, apartado 1, letra c), de la Directiva 2014/24/UE y artículo 89, apartado 1, letra c), de la Directiva 2014/25/UE]