Expresión de evaluación : Se asignará la puntuación máxima a la proposición más baja, y el resto de las proposiciones, se puntuarán en proporción inversa a aquélla, según la siguiente fórmula: P=PM x OMB / O, donde P es la puntuación de cada proposición, PM es la puntuación máxima, OMB la cantidad a que asciende la proposición más baja y O es la proposición a puntuar. Se considerarán, en principio, anormales o desproporcionadas las ofertas que se encuentren en los supuestos establecidos en el artículo 85 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.