Adjudicar, una vez cumplido con el requerimiento realizado al licitador que ha presentado la oferta económicamente más ventajosa en el procedimiento abierto, varios criterios de adjudicación del “servicio postal de correspondencia ordinaria, certificada y notificaciones” (exp. 42/2017)
lote 1: correspondencia ordinaria, certificada y notificaciones administrativas con destino el municipio de valdemoro, a la empresa applicationhome s.l con c.i.f: b98470685, con cargo a la aplicación presupuestaria 9255 22102, con un porcentaje de baja a aplicar a los precios unitarios del anexo i del pliego de prescripciones técnicas, iva excluido, del 42,5 %.
lote 2: correspondencia ordinaria, certificada y notificaciones administrativas con destino fuera del municipio de valdemoro, a la entidad sociedad estatal correos y telégrafos s.a. sme con c.i.f: a-83052407, con cargo a la aplicación presupuestaria 9255 22102, con un porcentaje de baja a aplicar a los precios unitarios del anexo ii del pliego de prescripciones técnicas, iva excluido, del 17,93 %.
(el porcentaje indicado no es de aplicación a los productos publicados en el anexo 2 ”notificaciones urgentes”, notificaciones intl ue”, notificaciones intl.ue urgente”, “notificaciones intl. fuera ue” y notificaciones intl. urgentes fuera ue, que no podrán ser prestados por no existir estos productos y modalidades).
En documentacion adicional se adjunta la notificación del acuerdo.
Recurso
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer potestativamente el recurso especial en materia de contratación a que se refiere el artículo 44 de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre de contratos del Sector Publico, en el plazo de quince días hábiles a contar a partir del día siguiente a aquel en que se remita la notificación de esta Resolución. En todo caso, el escrito de interposición del recurso se presentará necesariamente en el registro del Ayuntamiento de Valdemoro o en el registro del Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid, y al mismo se adjuntará la documentación que establece el artículo 51 de la citada Ley, que es la siguiente:
a) El documento que acredite la representación del compareciente, salvo si figurase unido a las actuaciones de otro recurso pendiente ante el mismo órgano, en cuyo caso podrá solicitarse que se expida certificación para su unión al procedimiento.
b) El documento o documentos que acrediten la legitimación del actor cuando la ostente por habérsela transmitido otro por herencia o por cualquier otro título.
c) La copia o traslado del acto expreso que se recurra, o indicación del expediente en que haya recaído o del periódico oficial o perfil de contratante en que se haya publicado.
d) El documento o documentos en que funde su derecho.
e) Una dirección de correo electrónico “habilitada” a la que enviar, de conformidad con la disposición adicional decimoquinta las comunicaciones y notificaciones
Con carácter previo, conforme al artículo 50 de la LCSP, deberá anunciarse la interposición de este recurso mediante un escrito que se presentará ante la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Valdemoro en el plazo previsto en el apartado anterior para interponer el recurso, y en el cual deberá especificarse el acto del procedimiento que vaya a ser objeto del mismo.
En caso de que no se opte por esta vía, cabe interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de de Madrid en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a aquel en que se reciba la notificación de esta Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.