Trabajos realizados - Artículo 90.1 a: Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo, los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos.
Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Las empresas licitadoras deberán acreditar su solvencia técnica mediante una certificación o un documento acreditativo de la ejecución de servicios similares al objeto del presente contrato, según se detalla en párrafos posteriores, con indicación de los importes, fechas y destinatarios de estos. Estos trabajos acreditados deberán haber sido realizados en los últimos tres años, computándose los mismos por años naturales desde la fecha final del plazo de presentación de las ofertas, acompañados de los documentos acreditativos de los trabajos realizados en el año de mayor volumen.
Estos últimos trabajos deben ser de un importe superior a 5.927.125,39 €.
Para equiparar trabajos similares al objeto del contrato se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV.
Los servicios o trabajos efectuados o en ejecución se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Estos documentos se aportarán tanto para el caso de que el contrato se encuentre en ejecución como si hubiera finalizado.
Sistema de acumulación de la solvencia técnica profesional en las Uniones Temporales de Empresas:
En el caso de Uniones Temporales de Empresas, el requisito de solvencia técnica o profesional será acumulativo.
Umbral: 5927125.39
Periodo: Tres últimos años