- Capacidad de obrar
- Según lo establecido en la cláusula 12 del PCAP.
- No prohibición para contratar
- Conforme a la cláusula 12 del PCAP
- No estar incurso en incompatibilidades
- Que ni el firmante, ni la empresa a la que representa, ni los administradores ni representantes de la misma, se encuentren incurso en incompatibilidad para contratar con la administración.
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- Estar al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social. Si autoriza al Ayuntamiento a recabar datos, cumplimente Anexo I, en caso contrario deberá acreditarse por el licitador.
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- Estar al corriente de sus obligaciones tributarias. Si autoriza al Ayuntamiento al recabar datos, lo podrá hacer si ha cumplimentado el Anexo I, cumplimentar una única vez. En caso contrario deberá acreditarse este requisito por el licitador.
- Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados
- Inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o, en su caso, solicitud de inscripción (Anexo II).
- Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
- En caso de empresa extranjera, sometimiento al fuero español, con renuncia al suyo propio.