- Capacidad de obrar
- Las condiciones de aptitud de las personas naturales o jurídicas, se ajustarán a lo dispuesto en los artículos 65,66,67 68 y 69 de la Ley 9/2017, de 9 de noviembre, de contratos del Sector Público (en adelante LCSP). En la fase de licitación, los licitadores acreditarán su capacidad de obrar, conforme a lo dispuesto en el artículo 140 de la LCSP, con la presentación del DEUC (en el apartado D del Anexo I al PCAP se facilita el enlace de la Comisión Europea que habrá de cumplimentarse y firmar)
- Preferencia para empresas con personas con discapacidad
- La acreditación del cumplimiento de la cuota de reserva de puestos de trabajo del 2 por ciento para personas con discapacidad y de la obligación de contar con un plan de igualdad a que se refiere el artículo 71.1d) de la LCSP se efectuará con la presentación de declaración responsable múltiple (modelo ANEXO II) que se pone a disposición de los licitadores en la herramienta de presentación de ofertas de la PLACSP.
- No prohibición para contratar
- La no concurrencia de una prohibición para contratar, conforme al artículo 85.2 de la LCSP, se acreditará con la presentación del modelo de DEUC (en el apartado D del Anexo I al PCAP se facilita el enlace de la Comisión Europea que habrá de cumplimentarse y firmar)
- No estar incurso en incompatibilidades
- La acreditación de no estar incurso en causa de incompatibilidad, conforme a los artículos 140 y 141 de la LCSP, se realizará con la presentación de declaración responsable múltiple (modelo ANEXO II) que se pone a disposición de los licitadores en la herramienta de presentación de ofertas de la PLACSP.
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- Los licitadores acreditarán la situación de estar al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social, con la presentación del modelo de DEUC (en el apartado D del Anexo I al PCAP se facilita el enlace de la Comisión Europea que habrá de cumplimentarse y firmar)
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- Los licitadores acreditarán la circunstancia de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias, con la presentación del modelo de DEUC (en el apartado D del Anexo I al PCAP se facilita el enlace de la Comisión Europea que habrá de cumplimentarse y firmar)
- Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
- Las empresas extranjeras, formularán la declaración de sometimiento a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante a que se refiere el artículo 140.1 f) de la LCSP con la presentación de la declaración responsable múltiple (Modelo Anexo II) que se pone a disposición de los licitadores en la herramienta de presentación de ofertas de la PLACSP.
- Trabajos realizados
- Relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Para determinar que un trabajo o servicio es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato se atenderá a los tres primeros dígitos de los códigos de la CPV que aparece en el apartado A del Anexo I al PCAP. Los licitadores acreditarán su solvencia económica con la presentación del DEUC. El importe anual acumulado en el año de mayor ejecución será igual o superior al 70% del valor estimado del
contrato, o de su anualidad media si esta es inferior al valor estimado del contrato 788.200,00€
Umbral: 788200
Periodo: En el curso de los tres últimos años
- Medidas de gestión medioambiental
- ISO 14001 (equivalente o superior). Se acreditará mediante certificados expedidos por organismos independientes o servicios oficiales encargados del control de gestión medioambiental, de competencia
reconocida, que justifiquen que el empresario cumple dichas normas. Los licitadores acreditarán su cumplimiento con la presentación del DEUC.
- Certificados de control de calidad expedidos por los institutos o servicios oficiales
- ISO 9001 (equivalente o superior). Se acreditará mediante certificados expedidos por organismos independientes o servicios oficiales encargados del control de calidad, de competencia reconocida, que justifiquen que el empresario cumple dichas normas. Los licitadores acreditarán su cumplimiento con la presentación del DEUC.
- Otros
- Las empresas licitadoras deberán comprometerse a adscribir a la ejecución del contrato los medios personales y materiales considerados como mínimo imprescindibles, tal como se especifica en el apartado L del Anexo I al PCAP. Este compromiso deberá incluirse en el sobre nº 1, junto con el resto de la documentación administrativa acreditativa del cumplimiento de los requisitos previos