Capacidad de obrar - Según lo establecido en el art. 141 y 159.4 c) de la LCSP, los licitadores presentarán una DECLARACIÓN RESPONSABLE, conforme al formato recogido en el ANEXO III Los licitadores podrán también optar por aportar una declaración responsable que siga el formulario normalizado del DEUC, establecida como Anexo 2 en el Reglamento de Ejecución (UE) 2016/7 de la Comisión, de 5 de enero de 2016, por el que se establece el formulario normalizado del documento europeo de contratación. Las empresas extranjeras que concurran a la licitación deberán presentar una declaración en la que se someten a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador.