Control por la entidad contratante sobre la capacidad del empresario - Clausula 7ª PCAP: Se acreditará aportando el licitador documentación que demuestre una experiencia empresarial, profesional o laboral de al menos dos años en el ramo de la hostelería o alimentación, actividades recreativas o lúdicas, o semejantes a las anteriores. Esta solvencia técnica se acreditará mediante alta en el Impuesto de Actividades Económicas, contratos, certificados emitidos por empresas o beneficiarios de los servicios, relación de servicios o trabajos, vida laboral, etc.