Objeto del Contrato
: Servicio de seguridad privada para la Asamblea de Madrid
Descripción del procedimiento Constituye el objeto del presente contrato los servicios de seguridad y vigilancia que se contratan para proteger las instalaciones de la Asamblea de Madrid, [Edificio Principal, Edificio de Grupos Parlamentarios e instalaciones complementarias, sitas todas ellas en el recinto ubicado en la Plaza de la Asamblea de Madrid n.º 1, Madrid 28018], contra intrusión y riesgos derivados a que pudieran verse sometidos, se presten adecuadamente y en cumplimiento de la normativa que le sea de aplicación a cada actividad y siempre en colaboración con los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado y complementariamente respecto de las funciones desarrolladas por éstos, en los términos que se detallan en el Pliego de Prescripciones Técnicas.Valor estimado del contrato 3.436.250 EUR.
Presupuesto base de licitación- Importe
1.634.105 EUR.
- Importe (sin impuestos)
1.350.500 EUR.
Clasificación CPVPlazo de Ejecución2 Año(s)
Observaciones: La ejecución del contrato se iniciará a las 00:00 horas del día 1 de enero de 2025 (o desde el día que se designe en su formalización, si ésta fuese posterior), con una duración inicial de dos años
Lugar de ejecución- Subentidad Nacional
- Código de Subentidad Territorial
ES300
Dirección Postal
Opciones y prórrogas
Condiciones de ejecución del contrato
- Se utilizará pedido electrónico : No
- Se aceptará factura electrónica : Sí
- Se utilizará el pago electrónico : No
- Condiciones especiales de ejecución de Contrato
Consideraciones de tipo social - Garantizar la seguridad y la protección de la salud en el lugar de trabajo y el cumplimiento de los convenios colectivos sectoriales y territoriales
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La contratación de mujeres vigilantes, en el supuesto de nuevas contrataciones, cuando exista representación inferior al 40 por ciento del total
Sometimiento del contratista a la normativa de protección de datos - Cuando la ejecución implique la cesión de datos el contratista está obligado a someterse a la normativa nacional y de la Unión Europea en materia de protección de datos, advirtiéndose además que esta obligación tiene el carácter de obligación contractual esencial de conformidad con lo dispuesto en la letra f) del apartado 1 del artículo 211.
Contratación estratégica