- Trabajos realizados
- Artículo 90.1. Apartado a) Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o
similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos.Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Se deberá presentar una relación de los servicios o trabajos de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato realizados en los últimos tres años, incluyéndose el año de la licitación (2019, 2020 y 2021), en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Se considerará acreditada esta solvencia cuando el importe anual acumulado de los servicios o trabajos en el año de mayor ejecución sea igual o superior a 79.336,68 euros, IVA excluido.
Umbral: 79336.38
Periodo: 2019, 2020 y 2021
- Técnicos o unidades técnicas
- Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará mediante la presentación de cada uno de los siguientes medios a que se refieren las letras b), y h) del artículo 90.1 de la LCSP: Apartado b): Indicación del personal técnico o de las unidades técnicas, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato, especialmente aquellos encargados del control de calidad. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: El coordinador responsable general que presente la licitadora para llevar a cabo el contrato deberá tener una experiencia en programación de eventos culturales superior a tres años. Se acreditará mediante curriculum o declaración
responsable del empresario.
- Maquinaria, material y equipo técnico para la ejecución del contrato
- Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará mediante la presentación de cada uno de los siguientes medios a que se refieren las letras b), y h) del artículo 90.1 de la LCSP: Apartado h) Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que dispondrá para la ejecución de los trabajos o prestaciones, a la que adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Se entenderá acreditada esta solvencia por aquellas entidades que dispongan de los medios personales y materiales señalados en la cláusula 3 del pliego de prescripciones técnicas.