Otros - Podrán contratar con el Excmo. Ayuntamiento de La Carolina, las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que acrediten su solvencia técnica o profesional.
La solvencia técnica o profesional de los empresarios se acreditará necesariamente por el medio que a continuación se detallan:
- Experiencia en la realización de servicios o trabajos del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato mediante, una relación de los realizados en los últimos TRES (3) años, incluyendo importe, fechas, destinatarios, público o privado, de los mismos.
Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente.
Ver cláusula quinta y undécima del PCAP.