Descripción Con fecha 5 de abril de 2023, por Acuerdo 24/2023, se aprueba el IV PLAN DIRECTOR DE COOPERACIÓN PARA EL DESARROLLO 2023-2026.
Al objeto de dar a conocer y difundir este documento programático que recoge las líneas estratégicas que se van a implementar en los próximos años, se hace necesario una adecuada maquetación y el diseño de los materiales de difusión necesarios: roll-up, piezas para difusión de redes sociales, díptico, etc
A tal efecto se requiere contratar los servicios para de maquetación y diseño de las distintas piezas comunicativas
De conformidad con lo establecido en el artículo 1, letra y) del Decreto 6/2022, de 5 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de la Presidencia, se atribuye a ésta la competencia en materia de planificación, dirección y coordinación de la política de cooperación para el desarrollo.
Por su parte, el artículo 16, letra i) del citado decreto atribuye a la Dirección de Acción Exterior la planificación, coordinación, gestión y evaluación de las actuaciones de la Administración de la Comunidad en materia de cooperación para el desarrollo, así como la colaboración y coordinación con otras Administraciones Públicas en dicha materia.
De conformidad con lo dispuesto en el art. 118.2 de la LCSP el objeto del presente contrato no ha sido alterado con el fin de evitar la aplicación de los umbrales descritos en el apartado 118.1 y las reglas generales de contratación. Y, la presente contratación no altera ni supone fraccionamiento del objeto del contrato para evitar la aplicación de las reglas generales de contratación.
Este servicio se enmarca en el programa de actividades que el Servicio de Cooperación Internacional para el Desarrollo de la Dirección de Acción Exterior de la Consejería de la Presidencia, lleva a cabo durante 2023 dentro del Programa de comunicación y visibilidad de la cooperación para el desarrollo de Castila y León.
Considerando que existe crédito adecuado y suficiente en el presupuesto de la Consejería de la Presidencia para 2023, aprobado mediante Ley 3/2022, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para 2023; considerando que le corresponde al Consejero reconocer las obligaciones y proponer los pagos de acuerdo con lo establecido en el artículo 155.1 de la Ley 2/2006, de 3 de mayo, de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León, y visto lo dispuesto en la Orden PRE/1367/2022, de 3 de octubre, por la que se delegan determinadas competencias en los órganos directivos centrales de la Consejería de la Presidencia.
En cumplimiento de los principios de necesidad, idoneidad y eficiencia establecidos en el artículo 28 de la LCSP la naturaleza y extensión de las necesidades que pretenden cubrirse mediante la celebración del presente contrato, se encuadran dentro del ámbito de las funciones y competencias atribuidas a este Centro Directivo determinándose con precisión la idoneidad del objeto y contenido del contrato en la documentación del expediente