- Trabajos realizados
- Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente.
- Técnicos o unidades técnicas
- Indicación del personal técnico o de las unidades técnicas, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato, especialmente aquéllos encargados del control de calidad.
- Otros
- A su vez, el propuesto como adjudicatario deberá acreditar a través de la documentación correspondiente, lo siguiente:
- Que tiene carácter de centro autorizado de tratamiento de vehículos, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1383/2003, de 20 de Diciembre, sobre gestión de vehículos al final de su vida útil.