Titulo habilitante Los empresarios que se presenten agrupadamente responderán frente a RENFE-Operadora solidariamente, y a efectos de su presentación
deberán estar a lo indicado, en el apartado 2.4. Agrupaciones de empresarios, del Capítulo II del Título II de la Instrucción
Administrativa IN-SCF-001/08 Rev. 01, en adelante "Instrucción", que se puede consultar en el "Perfil del Contratante", en la página
Web de RENFE-Operadora: www.renfe.com/empresa/perfilcontratante/index.html
El cumplimiento y acreditación de las siguientes condiciones se exigirá a cada participe, tanto si se presenta a título personal
como en agrupación.
Los documentos acreditativos de los requisitos que se enumeran a continuación se deberán presentar en original o copia legalizada
notarialmente.
1. Tener personalidad jurídica y capacidad de obrar en relación con el objeto de la licitación:
Este requisito se acreditará conforme se indica en el Título II, Capítulo II, apartado 2.6 de la "Instrucción".
2. No estar incurso en causas de prohibición o incompatibilidad para contratar con RENFE-Operadora.
Se acreditará mediante cualquiera de los medios indicados en el Título II, Capítulo II, apartado 1.5 de la citada "Instrucción",
pudiendo acreditarse mediante declaración responsable seg´`un el Modelo que puede obtenerse en el "Perfil del Contratante" en la
página Web de RENFE-Operadora.
3. Sometimiento a las leyes españolas y a los juzgados y tribunales de Madrid Capital. Se podrá acreditar mediante declaración
responsable según modelo que se puede obtener en el perfil del contratante, en la página Web de RENFE-Operadora.
En caso de presentarse en Agrupación deberán aportar Documento en el que se reconozcan que se obligan conjunta y solidariamente
frente a RENFE-Operadora hasta la total extinción del contrato, caso de resultar adjudicataria.
Todas las declaraciones antedichas deberán haber sido emitidas en un plazo no superior a 30 días de la fecha límite de presentación
de solicitudes y estar suscritas por los representantes de los licitadores, debiendo acreditar tal condición mediante la aportación
de copia legalizada notarialmente del poder, que deberá figurar en el Registro Mercantil en los casos en que dicha inscripción sea
exigida por dicha legislación, y del DNI o documento equivalente del o de los firmantes, igualmente legitimado notarialmente.