- Capacidad de obrar
- Las condiciones de aptitud de las personas naturales o jurídicas, se ajustarán a lo dispuesto en los
artículos 65, 66, 67, 68 y 69 de la LCSP. En fase de licitación, los licitadores acreditarán su capacidad de obrar conforme a
lo dispuesto en el artículo 140 de la LCSP, con la presentación del DEUC que se pone a disposición de los licitadores en la
herramienta de presentación de ofertas.
La aportación del compromiso de constituir una unión temporal por parte de los
empresarios que sean parte de la misma, de conformidad con lo exigido en el apartado 3 del artículo 69 de la LCSP
mediante el ANEXO III que se pone a disposición de los licitadores en la herramienta de presentación
de ofertas.
Aceptada la propuesta de adjudicación de la mesa de contratación, se requerirá al propuesto como adjudicatario,
conforme al artículo 150.2 de la LCSP, para que acredite, siempre que no lo hubiera acreditado con anterioridad, en virtud
de lo dispuesto en el artículo 140.3 de la LCSP su capacidad de obrar conforme a lo dispuesto en el artículo 84 de la LCSP,
y su identificación y apoderamiento conforme a lo dispuesto en el artículo 21 Real Decreto 1098/2001.
La acreditación de la
capacidad de obrar de las personas naturales o jurídicas inscritas en los Registros Oficiales de Licitadores y Empresa se
ajustará a lo dispuesto en los artículos 96 y 97 de la LCSP
- Preferencia para empresas con trabajadores con discapacidad
- La acreditación del cumplimiento de la cuota de reserva de puestos de trabajo del 2 por ciento para personas con discapacidad y de la obligación de contar con un plan de igualdad al que se refiere el artículo 71.1 d) de la LCSP se efectuará con la presentación del modelo de declaración responsable múltiple que se pone a disposición de los licitadores en la herramienta de presentación de ofertas de la Plataforma de Contratación del Sector Público.
- No prohibición para contratar
- La no concurrencia de una prohibición para contratar conforme al artículo 85.2 de la LCSP,
se acreditará con la presentación del modelo DEUC que se pone a disposición de los en la herramienta de presentación de
ofertas de la Plataforma de Contratación del Sector Público
- No estar incurso en incompatibilidades
- La acreditación de no estar incurso en una causa de incompatibilidad, conforme al
artículo 71.1 g) LCSP se efectuará con la presentación del modelo de declaración responsable múltiple que se pone a
disposición de los licitadores en la herramienta de presentación de ofertas de la Plataforma de Contratación del Sector
Público.
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- Los licitadores acreditarán la situación de estar al corriente de
sus obligaciones con la Seguridad Social con la presentación del modelo DEUC que se pone a disposición de los licitadores
en la herramienta de presentación de ofertas de la Plataforma de Contratación del Sector Público.
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- - Los licitadores acreditarán la situación de estar al corriente de sus
obligaciones tributarias con la presentación del modelo DEUC que se pone a disposición de los licitadores en la herramienta
de presentación de ofertas de la Plataforma de Contratación del Sector Público.
- Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
- Las empresas extranjeras,
formularán la declaración de sometimiento a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para
todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero
jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante a que se refiere el artículo 140.1 f) de la LCSP con la
presentación del modelo de declaración responsable múltiple que se pone a disposición de los licitadores en la herramienta
de presentación de ofertas de la Plataforma de Contratación del Sector Público
- Pago de cotizaciones a la seguridad social
- conforme art. 71.1 Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público y art. 57.4 DIRECTIVA
2014/24/UE
- Pago de tasas
- conforme art. 71.1 Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público y art. 57.4 DIRECTIVA
2014/24/UE
- Motivos de exclusión exclusivamente nacionales
- Las enumeradas en el artículo 71.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Incumplimiento de obligaciones en materia de legislación ambiental
- conforme art. 71.1 Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público y art. 57.4 DIRECTIVA
2014/24/UE
- Insolvencia
- conforme art. 71.1 Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público y art. 57.4 DIRECTIVA
2014/24/UE
- Acuerdo con los acreedores
- conforme art. 71.1 Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público y art. 57.4 DIRECTIVA
2014/24/UE
- Acuerdos con otros operadores económicos con el objetivo de falsear la competencia
- conforme art. 71.1 Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público y art. 57.4 DIRECTIVA
2014/24/UE
- Bienes administrados por un liquidador
- conforme art. 71.1 Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público y art. 57.4 DIRECTIVA
2014/24/UE
- Delitos de terrorismo o delitos vinculados a actividades terroristas
- Conforme artículo 71.1 Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público y 57.1 de la DIRECTIVA
2014/24/UE
- Incumplimiento de obligaciones en materia de legislación social
- conforme art. 71.1 Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público y art. 57.4 DIRECTIVA
2014/24/UE
- Blanqueo de capital o financiación del terrorismo
- Conforme artículo 71.1 Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público y 57.1 de la DIRECTIVA
2014/24/UE
- Trabajo infantil y otras formas de trata de seres humanos
- Conforme artículo 71.1 Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público y 57.1 de la DIRECTIVA
2014/24/UE
- Sancionado por terminación anticipada, daños u otros motivos comparables
- conforme ARTÍCULO 57.4 DIRECTIVA 2014/24/UE
- Conflicto de intereses debido a su participación en este procedimiento de contratación
- conforme ARTÍCULO 57.4 DIRECTIVA 2014/24/UE
- Las actividades comerciales están suspendidas
- conforme ARTÍCULO 57.4 DIRECTIVA 2014/24/UE
- Culpable de tergiversación,ocultación de información, incapacidad de proporcionar documentación requerida y obtención de información confidencial de este procedimiento
- conforme art. 71.1 Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público y art. 57.4 DIRECTIVA
2014/24/UE
- Corrupción
- Conforme artículo 71.1 Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público y 57.1 de la DIRECTIVA
2014/24/UE
- Situación análoga a la quiebra según la legislación nacional
- conforme art. 71.1 Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público y art. 57.4 DIRECTIVA
2014/24/UE
- Fraude
- Conforme artículo 71.1 Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público y 57.1 de la DIRECTIVA
2014/24/UE
- Participación directa o indirecta en la preparación de este procedimiento de contratación
- conforme ARTÍCULO 57.4 DIRECTIVA 2014/24/UE
- Participación en una organización criminal
- Conforme artículo 71.1 Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público y 57.1 de la DIRECTIVA
2014/24/UE
- Culpable de falta profesional grave
- conforme art. 71.1 Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público y art. 57.4 DIRECTIVA
2014/24/UE
- Incumplimiento de obligaciones en materia de legislación laboral
- conforme art. 71.1 Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público y art. 57.4 DIRECTIVA
2014/24/UE
- Quiebra
- conforme art. 71.1 Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público y art. 57.4 DIRECTIVA
2014/24/UE