- Medidas de gestión medioambiental
- Indicación de las medidas de gestión medioambiental que el empresario podrá aplicar al ejecutar el contrato.
- Maquinaria, material y equipo técnico para la ejecución del contrato
- Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos o prestaciones, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente.
- Plantilla media anual
- Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y del número de directivos durante
los tres últimos años.
- Títulos académicos y profesionales del empresario y directivos, o responsables de la ejecución
- Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de la ejecución del contrato así como de los técnicos encargados directamente de la misma
- Otros
- Indicación del personal técnico o unidades técnicas, integradas o no en la empresa, de los que
se disponga para la ejecución del contrato, especialmente del control de calidad
- Otros
- ISO 14001:2015 de certificación medioambiental.
Certificación EMAS.
- Otros
- Para la gestión de residuos objeto de este contrato el contratista deberá contar durante el tiempo de duración del contrato con las autorizaciones administrativas correspondientes a cada caso, emitidas por la Xunta de Galicia
- Otros
- Reconocimiento expreso de haber tenido conocimiento suficiente de las condiciones del lugar, instalaciones, condiciones de situación y acceso a los medios para la ejecución de las prestaciones objeto del contrato que asegure la razonabilidad de la oferta presentada.
- Otros
- Relación de los principales trabajos o servicios de la misma naturaleza que la del presente contrato,
durante los últimos tres años, que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de
los mismos. Se entenderá que un trabajo o servicio es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato, si ésta incluido en la misma CPV que el objeto del presente contrato a nivel de los tres primeros dígitos de la CPV.
Los medios de acreditación serán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea
un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará mediante uno de los medios el art. 90.1 de la LCSP.