Trabajos realizados - Relación de los servicios o trabajos realizados en los últimos tres años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público, o cuando sea un sujeto privado, mediante certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Se requiere la realización de servicios, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, durante el año de mayor ejecución del periodo citado por importe igual o superior al 50% del valor estimado del contrato.
Se tomará como criterio de correspondencia entre los servicios ejecutados por el empresario y los que constituyen el objeto del contrato la pertenencia al mismo subgrupo de clasificación, si el contrato estuviera encuadrado en alguno de los establecidos en el RGLCAP, y en caso contrario la igualdad entre los dos primeros dígitos de los respectivos códigos CPV.
En el caso de que una entidad licitadora, de acuerdo con el artículo 75 LCSP, acredite la solvencia económica y financiera o técnica o profesional requerida, basándose en la solvencia y medios de otra entidad, deberá acreditar que dispone de una manera efectiva y para ese contrato de los medios de esa otra entidad, no siendo suficiente un compromiso genérico de ambas entidades en el que no se especifiquen las obligaciones que asume cada una de las partes.
Sin perjuicio de los exigido en el párrafo anterior, cada una de las empresas deberá presentar un formulario normalizado del DEUC en el sobre Uno de documentación administrativa.
Si la gestión del centro se ha efectuado como componente de una UTE, se computará el importe ejecutado de forma proporcional al porcentaje de participación en la UTE. Deberá aportarse copia de la escritura de constitución de la citada UTE.
La no acreditación y cumplimiento de los medios antes descritos conllevará la exclusión de la empresa de la licitación.