Visto el expediente instruido para la contratación de referencia, en el que con fecha 28 de julio de 2017 se acuerda la siguiente clasificación de ofertas por orden decreciente, según propuesta de la Mesa de Contratación, en su sesión de fecha 27 de julio de 2017, atendiendo a la puntuación obtenida en aplicación de los criterios de valoración establecidos en el mismo:
1.- CONSTRUCCIONES SANCHEZ DOMINGUEZ-SANDO, S.A.
2.- CONSTRUCTORA SAN JOSE, S.A.
3.- VIAS Y CONSTRUCCIONES, S.A.
4.- UTE ARPO EMPRESA CONSTRUCTORA S.A. - INSTALACIONES INABENSA, S.A.
5.- FERROVIAL AGROMAN, S.A.
6.- UTE TECNOLOGIA DE MONTAJES Y MANTENIMIENTOS S.A. - LEVANTINA, INGENIERIA Y CONSTRUCCION, S.L.
7.- CARTUJA INMOBILIARIA, S.A.U
8.- ACCIONA INFRAESTRUCTURAS, S.A.
Efectuado el requerimiento al mejor clasificado de la documentación preceptiva para ser adjudicatario del procedimiento y una vez cumplido dicho requisito, conforme a lo establecido en el artículo 151 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, de conformidad con las facultades que la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades y los Estatutos de la Universidad de Cádiz me atribuyen en materia de contratación,
HE RESUELTO
PRIMERO.- Adjudicar el expediente de referencia a la empresa CONSTRUCCIONES SANCHEZ DOMINGUEZ-SANDO, S.A., NIF A29029428, por un importe de 4.272.440,14 euros, al cual aplicado el porcentaje correspondiente del Impuesto sobre el Valor Añadido, asciende a un total de 5.169.652,57 euros.
SEGUNDO.- Acordar la devolución de la garantía provisional de los licitadores participantes en el expediente.
Según lo dispuesto en el artículo 112.2b del Real Decreto Legislativo 3/2011, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, el contrato deberá ser formalizado en el plazo máximo de ocho días hábiles a contar desde el día siguiente a la recepción de la notificación de la presente resolución.
Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cádiz en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de notificación de la misma, de conformidad con lo establecido en la Ley 19/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa o, alternativamente, recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dictó en el plazo de un mes, sin que, en este último caso, pueda interponerse recurso contencioso-administrativo hasta su resolución expresa o presunta, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.